Diputados aprueban reformas para regular la objeción de conciencia del personal médico

La Cámara de Diputados aprobó el martes reformas para regular y limitar el derecho a la objeción de conciencia del personal médico y de enfermería de las instituciones de salud del país.

El dictamen, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, fue aprobado con 304 votos a favor, 114 en contra y 13 abstenciones; y se turnó al Senado.

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La objeción de conciencia es el derecho individual que tiene el personal médico adscrito al Sistema Nacional de Salud para negarse a realizar un procedimiento médico, al considerarlo contrario a su religión, principios morales o ética.

Las reformas establecen que la Secretaría de Salud debe garantizar que en sus unidades haya personal no objetor de conciencia para asegurar la atención de todos los pacientes y no comprometer su salud o su vida.

El personal que quiera ejercer su derecho a la objeción de conciencia en un procedimiento sanitario deberá informarlo previamente a la institución.

Sin embargo, la objeción de conciencia no podrá invocarse cuando se encuentre en riesgo la vida del paciente o se trate de una urgencia médica.

Tampoco será procedente cuando haya insuficiente personal médico no objetor, cuando la negativa o postergación de la atención médica implique un riesgo para la salud del paciente o exista la posibilidad de dejarle secuelas o discapacidades. 

“Dicha objeción de conciencia en ningún caso será motivo para retrasar o entorpecer la prestación de servicios de salud, tampoco será motivo para la omisión de un trato digno, decoroso y sin discriminación hacia las personas que requieren de atención médica programada o de urgencia”, señaló la Camara de Diputados en un comunicado.

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El presidente de la Comisión de Salud, Emmanuel Reyes Carmona, aseguró que el dictamen resuelve lo mandatado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que desde el 2021 ordenó al Congreso regular la objeción de conciencia.

El diputado afirmó que las reformas coadyuvan a erradicar la vulneración del derecho a la salud de los pacientes, a quienes se les puede llegar a negar o restringir procedimientos como trasplantes de órganos, trasfusiones sanguíneas, cuidados paliativos, interrupción del embarazo, y uso de anticonceptivos de emergencia,

En contraste, el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba dijo que la objeción de conciencia es un derecho constitucional. “El dictamen busca criminalizar al personal médico o de enfermería por el retraso en los servicios, cuando es responsabilidad de la autoridad sanitaria”, acusó.

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