TEPJF desecha recurso de Ebrard, pero exhorta a Morena a atender queja contra el proceso interno en los plazos legales

Exhorta TEPJF a Morena a resolver queja de Ebrard
Foto: Cuartoscuro

Por Jorge Monroy

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó este miércoles la queja del excanciller Marcelo Ebrard contra Morena por omisiones al atender su denuncia contra el proceso interno en el que Claudia Sheinbaum fue perfilada como la candidata presidencial.

El pleno de la Sala Superior declaró inexistente la violación de derechos de Ebrard por parte de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena, toda vez que el partido admitió a trámite su queja antes de que el tribunal resolviera.

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Con la reciente resolución del TEPJF, sin embargo, se exhorta a Morena a resolver en sus plazos estatutarios la denuncia presentada por el excanciller.

Sin un debate en el pleno, los magistrados aprobaron el proyecto del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, por el que se exhortó a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena a continuar con el trámite de la queja y resolverla, ajustándose a los plazos previstos en la normativa interna del partido para los procedimientos sancionadores electorales.

Ebrard presentó ante el tribunal, el 25 de septiembre, un juicio de protección de derechos, en donde solicitó a ese órgano determinar si la Comisión Nacional de Honestidad ha sido omisa en admitir la queja que interpuso. Dado que Morena aceptó el viernes pasado la queja, el tribunal declaró infundado ese agravio.

Sin embargo, declaró fundado el planteamiento de Ebrard en el sentido de que la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena omitió admitir la queja en el plazo previsto en el artículo 41 de su reglamento, puesto que, al momento de la presentación del juicio de la ciudadanía, no se había emitido el acuerdo de admisión.

El tribunal argumentó que los artículos 47, párrafo 2, y 48, párrafo 1, de la Ley de Partidos, establece que los órganos de justicia interna de los partidos políticos deben emitir sus resoluciones de forma pronta y expedita, para garantizar los derechos de los militantes, respetar las formalidades esenciales del procedimiento, así como ser material y formalmente eficaces para restituir a sus afiliados en el goce de sus derechos político–electorales.

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“Esta sala superior ha sostenido la exigencia de que los órganos de justicia partidista privilegien el trámite y la resolución oportuna de los asuntos que se sometan a su conocimiento, a fin de brindar certeza a la militancia del partido”, mencionó.

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