Mujeres podrán ampararse contra leyes estatales que penalizan el aborto: Suprema Corte

Foto: Cuartoscuro

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció este miércoles que cualquier persona con capacidad de gestar podrá solicitar un amparo de inconstitucionalidad de artículos que penalicen el aborto en leyes de los diferentes estados del país.

Esta determinación de la Primera Sala de la SCJN facilita el camino hacia la despenalización del aborto en todo el país porque, de este modo, no habría que esperar a que los Congresos estatales modifiquen sus leyes al respecto.

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La SCJN consideró, con cuatro votos a favor y uno en contra, que las leyes estatales que penalizan el aborto “inciden en el significado cultural y social de los derechos de las mujeres y personas con capacidad de gestar, contribuyendo a construir un imaginario social adverso para el ejercicio de sus derechos humanos”.

Asimismo, aseveraron que dichas leyes fomentan la creencia de que el aborto es “éticamente incorrecto”, aumentan el estigma para quienes acuden a estos servicios de atención médica en base a estereotipos y generan temor en los trabajadores sanitarios.

“Las normas que penalizan el aborto potencialmente pueden comprometer o limitar el acceso de las mujeres y personas con capacidad de gestar a una debida protección de sus derechos humanos a la autonomía reproductiva, a la vida, a la no discriminación, la salud y la integridad personal”, detalló el tribunal.

En septiembre de 2021 la SCJN declaró inconstitucional la penalización del aborto, un precedente histórico, ya queque impedía encarcelar a las mujeres y al personal médico que ayudaba con consentimiento, pero este avance se vio frenado por la necesidad de que los estados legislasen en este sentido.

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El 11 de abril, de igual forma, la SCJN validó la reforma que permite la interrupción legal del embarazo hasta las 12 semanas en el estado de Hidalgo sin importar el motivo.

La Corte informó que se validó el proceso legislativo del decreto 728 para reformar diversas disposiciones del Código Penal y de la Ley de Salud referentes a la interrupción legal del embarazo. 

La Suprema Corte explicó que el decreto cumple con los requisitos de fundamentación y motivación legislativa, “al considerar que el Congreso local cuenta con la competencia para modificar los ordenamientos señalados”

Con información de EFE.

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