La Suprema Corte sepulta el plan B electoral del presidente López Obrador

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Foto: Cuartoscuro

Por Julio Astorga

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la segunda parte del plan B electoral propuesto por el presidente Andrés Manuel López Obrador, por violaciones al procedimiento cometidas por los legisladores de la mayoría parlamentaria de Morena y partidos aliados.

El pleno de la SCJN determinó invalidar las reformas electorales por mayoría de nueve votos. Las ministras Loretta Ortiz Ahlf y Yasmín Esquivel Mossa consideraron que las violaciones no eran graves para la invalidez. 

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Las acciones de inconstitucionalidad fueron promovidas por partidos y legisladores de oposición, así como el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), en contra de las reformas aprobadas por el Congreso de la Unión en febrero de este año.

Los legisladores de Morena, el Partido del Trabajo y el Verde aprobaron en fast track diversas reformas a la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y expidieron una nueva Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral.

En su proyecto, el ministro Javier Laynez Potisek propuso invalidar dichos cambios legales debido a que los legisladores no justificaron el trámite urgente de la iniciativa, no se distribuyó con anticipación la iniciativa ni hubo un plazo razonable para su estudio, lo que implicó violaciones al procedimiento legislativo.

De acuerdo con el estudio hecho por el ministro ponente, la iniciativa que fue publicada se cambió al momento de su discusión. Además, ambas Cámaras del Congreso modificaron artículos que habían sido aprobados, lo cual está prohibido por la Constitución.

La ministra Yasmín Esquivel criticó en su intervención que se invaliden leyes por el cumplimiento de las reglas parlamentarias, y que no se haga un estudio de fondo de la constitucionalidad de los artículos.

“Quedarnos en este tipo de exámenes nos resta credibilidad”, expresó.

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“No se está frente a una ley. Cuando el procedimiento se cumpla, vamos a analizar cada uno de los artículos”, contestó el ministro Alberto Pérez Dayán al criterio de la ministra. También consideró que los ministros tienen un compromiso y no pueden ser deferentes cuando se viola la Constitución.

En tanto, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá dijo que el estudio de vicios en el procedimiento no es un asunto superficial, por lo que se debe garantizar la deliberación democrática al aprobar leyes. 

El ministro Arturo Zaldívar explicó que invalidar una ley aprobada en un proceso legislativo donde la mayoría y la minoría debatieron “es darle a la minoría lo que no ganó a través del voto popular”.

Sin embargo, dijo que en este caso en particular sí se actualizan las causas de invalidez.

El pasado 8 de mayo, la SCJN invalidó por mayoría de nueve ministros la primera parte del plan B electoral del presidente.

En esa ocasión, las ministras Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz votaron en contra de considerar inválidas las reformas a las leyes generales de Comunicación Social y la de Responsabilidades Administrativas.

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Con la decisión de la Suprema Corte, el proceso electoral de 2024 se llevará a cabo con las reglas anteriores a las reformas que se habían aprobado.

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