La SCJN analizará cómo aplicar la sentencia de la Corte Interamericana para limitar la prisión preventiva oficiosa

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) definirá cómo participará el Poder Judicial en la ejecución de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) que limita la prisión preventiva oficiosa y eliminar el arraigo preprocesal

De acuerdo con la lista de notificaciones, la Suprema Corte inició el expediente 3/2023, turnado al ministro Jorge Pardo Rebolledo, para acatar la sentencia por el caso “García Rodríguez y otro vs. México”, emitida por la CIDH el pasado 25 de enero.

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En dicha sentencia, el organismo internacional declaró que el Estado mexicano es responsable de diversas violaciones al debido proceso y a la libertad personal en contra de Daniel García Rodríguez y Reyes Alpízar Ortíz, acusados de haber asesinado en 2001 a la regidora del municipio de Atizapán, Estado de México, María de los Ángeles Tamés.

García y Alpízar fueron detenidos en 2002 y se les impuso arraigo por más de 30 días, una medida con la que fueron privados de la libertad sin tener clara su situación legal, además de que fueron víctimas de tortura.

Posteriormente, se les dictó el auto de formal prisión por los delitos de homicidio calificado y delincuencia organizada, con ello permanecieron en prisión preventiva por más de 17 años, el periodo más largo que alguna persona ha pasado en la cárcel sin sentencia en México. 

El 23 de noviembre de 2019 los acusados fueron puestos en libertad y quedaron bajo arresto domiciliario obligados a usar brazaletes electrónicos. En 2022 fueron condenados a 35 años de cárcel, aunque en marzo pasado un juez absolvió a Alpízar por falta de pruebas.

La CorteIDH, con sede en Costa Rica, instó al Estado mexicano a eliminar la figura del arraigo preprocesal y adecuar la prisión preventiva oficiosa para cumplir con las disposiciones de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

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Actualmente, la prisión preventiva oficiosa es una medida cautelar y automática que se aplica ante delitos considerados graves como violencia sexual, homicidio doloso, feminicidio o delincuencia organizada, y que puede encarcelar a un imputado sin condena previa por un plazo máximo de dos años.

A finales del pasado año, la Suprema Corte discutió un proyecto para eliminar la prisión preventiva oficiosa, pero no se lograron los votos necesarios.

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