Suprema Corte invalida que militares intervengan comunicaciones privadas sin orden judicial

Suprema Corte invalida que militares intervengan en comunicaciones privadas sin orden judicial
Foto: Cuartoscuro

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró este lunes inválidos varios artículos que permitían a militares intervenir comunicaciones privadas sin tener previamente una orden judicial.

Con una mayoría de ocho votos, el pleno de la Corte aprobó declarar la invalidez de varios artículos del Código Militar de Procedimientos Penales, así como del Código de Justicia Militar. 

Puedes leer: El INAI solicitó a la Suprema Corte que le permita sesionar con cuatro comisionados ante la falta de nombramientos

El pleno resolvió la acción de inconstitucionalidad 46/2016, a cargo del ministro Luis María Aguilar Morales, promovida por el expresidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), Luis Raúl Ramírez Pérez, contra un decreto publicado el 16 de mayo de 2016.

La CNDH señaló que con dicho decreto se estableció una extensión de la competencia de la jurisdicción militar al facultar al ministerio público para solicitar al tribunal judicial militar la autorización para los actos de investigación sin la mediación de la autoridad civil competente.

La Suprema Corte declaró inválidos los artículos 278, 282, 291, 295 y 296 del Código Militar de Procedimientos Penales, así como el artículo 81 BIS fracción séptima del Código de Justicia Militar. 

Los artículos 291, 295 y 296 de dicho código que permitían a los militares intervenir las comunicaciones privadas sin orden judicial, además de que los facultaba de destruir los registros de intervenciones no autorizadas o cuando estos rebasen los términos de la autorización judicial respectiva.

En su impugnación, la CNDH consideró el decreto “inconstitucional al transgredir el derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas, pues no establecen un procedimiento para llevarlos a cabo ni la delimitación exclusiva de la jurisdiccional militar a personal del Ejército, además de destacar la prohibición constitucional de la intervención de comunicaciones privadas sin la orden emitida exclusivamente por el juez federal competente”, dice el proyecto. 

Recomendamos: Ministra de la Suprema Corte propone rechazar amparo contra la Ley de la Guardia Nacional

El ministro Aguilar Morales señaló que la resolución surtirá efectos retroactivos al 17 de mayo de 2016, fecha en que entró en vigor el decreto impugnado, lo anterior en el entendido de que corresponderá a los operadores jurídicos competentes resolver cada caso concreto.

Comparte esta nota