¿Debes pensión alimenticia? ¡Cuidado!

Foto: Cuartoscuro

Por Enrique Pons Franco

Uno de tantos problemas que enfrentan en México las mujeres (y en ocasiones, algunos hombres) que reclaman el pago de pensiones alimenticias es, precisamente, el cómo lograr el efectivo cumplimiento de dichas medidas, con el consabido tramo de desgaste de tiempo, dinero y esfuerzo que representa acudir a los tribunales para lograr la obtención de los respectivos mandatos judiciales. En ese sentido, el Senado de la República aprobó durante esta semana una importante reforma a la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en materia de pensiones alimenticias (LGDNA) y sobre eso te voy a contar hoy.

El Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias

La reforma prevé la creación de un Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, que estará a cargo del gobierno federal por conducto del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), cuyo objetivo será concentrar la información de deudores y acreedores de obligaciones alimentarias, a fin de dar efectiva protección y restitución de los derechos de niñas, niños y adolescentes. Ahí, todos los tribunales mexicanos cargarán la información que se genere sobre el incumplimiento de las obligaciones alimentarias y será difundida en el Registro de forma pública, actualizándose de forma mensual.

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De igual forma, en el Registro se señalarán, cuando menos, el nombre o nombres, apellidos, Clave Única de Registro de Población, así como la clave del Registro Federal de Contribuyentes del deudor alimentario; el tribunal que ordenó la inscripción; el monto del incumplimiento y los datos del expediente del cual deriva la inscripción.

El certificado de no inscripción

Dentro de lo novedoso de este nuevo Registro, está el que para la obtención de licencias y permisos para conducir; pasaporte o documento de identidad y viaje; para participar como candidato a cargos de elección popular; para participar como aspirante a cargos de jueces, magistrados en el ámbito local o federal; o para realizar operaciones ante notario público relativos a la compraventa de bienes inmuebles y la constitución o transmisión de derechos reales, se deberá exhibir el certificado de no inscripción, el cual, conforme lo dispone la Ley, podrá ser obtenido de manera gratuita de un sitio web que operará el DIF.

De igual forma, en las solicitudes de matrimonio, el juez del Registro Civil hará del conocimiento si alguno de los contrayentes se encuentra inscrito en el Registro, mencionando la situación que guardan respecto de las obligaciones que tiene.

Atrapados en México

Otro elemento relevante de la reforma es que la Ley obliga a que las autoridades federales deben instrumentar medidas de restricción migratoria que establezcan que ninguna persona inscrita en el Registro pueda salir del país, cuando sea deudor alimentario moroso, o cuando la salida del país sea utilizada como un medio de evasión de pago.

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Este impedimento para salir del país deberá ser solicitado ante los jueces, por el acreedor o por quienes tengan su guardia y custodia de los menores. Sin embargo, los jueces podrán autorizar la salida del país si se garantiza el pago de por lo menos la mitad del adeudo que se tenga por el pago de alimentos y un depósito que corresponda al pago adelantado desde noventa hasta trescientos sesenta y cinco días de la pensión, o bien, cuando se proporcione cualquier otra garantía, que garantice el cumplimiento de la obligación.

¿A partir de cuándo?

No obstante que se espera que estas severas medidas sean suficientes para lograr el efectivo cumplimiento y salvaguarda del pago de pensiones alimentarias, el DIF cuenta con un plazo de 300 días hábiles (o sea, más de un año) para implementar el Registro. Posteriormente, las autoridades y jueces locales contarán con un plazo no mayor a ciento veinte días hábiles a partir del inicio de la creación del Registro, para armonizar el marco normativo correspondiente.

Así, será hasta más o menos, dentro de dos años, en que todo este catálogo de restricciones a los deudores alimentarios tenga plena eficacia, sin embargo, no deja de ser un importante paso, que seguramente generará controversias en tribunales al momento de ser aplicadas.

En espera que te sea útil esta información, nos leemos la próxima semana. Mientras tanto, te espero en Twitter como @enrique_pons.

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