A partir de mañana entra en vigor reforma que establece posibilidad de recibir el subsidio de embarazo en una exhibición

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Foto: Shutterstock

A partir de mañana entra en vigor la reforma a la Ley del Seguro Social mediante la cual el subsidio por embarazo se pagará en una sola exhibición y al inicio de la incapacidad, además de que la madre podrá transferir cuatro de las semanas que se otorgan antes del parto para después de dar a luz.

La reforma al artículo 101 establece que los subsidios se pagarán mediante la emisión de un certificado único de incapacidad por 84 días y se deberá entregar a la asegurada desde el inicio de la misma y en una sola exhibición, a solicitud expresa de la beneficiaria.

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Actualmente, el texto señala que “la asegurada tendrá derecho durante el embarazo y el puerperio a un subsidio en dinero igual al 100% del último salario diario de cotización, el que recibirá durante 42 días anteriores al parto y 42 días posteriores al mismo”.

También establece que en caso de que el médico fije una fecha distinta a en la que ocurra el parto, la prestación se dará por 42 días después del mismo, es decir, no desde la fecha de ingreso al hospital. Los días extras se pagarán como continuación de incapacidades originadas por enfermedad.

Además, se integra el artículo 102 Bis, el cual refiere que con la supervisión del médico que lleva el control del embarazo, la opinión del jefe de la asegurada y la carga de trabajo, se podrían transferir hasta cuatro de las seis semanas de descanso previas al parto para después del mismo. 

“En caso de que se presente autorización de médicos particulares, esta deberá contener el nombre y número de cédula profesional de quien los expida, la fecha y el estado médico de la trabajadora”, se lee en el decreto.

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Las modificaciones entrarán en vigor desde el día de mañana, 25 de marzo de este año.

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