Aprueban en Cámara de Diputados sancionar a funcionarios que obstaculicen la procuración de justicia en feminicidios

Foto: Cuartoscuro

En sesión ordinaria de la Cámara de Diputados, los legisladores aprobaron este jueves la iniciativa para sancionar a los servidores públicos que obstaculicen, retrasen o entorpezca maliciosamente o por negligencia la procuración de justicia en casos de feminicidio.

Con 432 votos a favor, cero en contra y 19 abstenciones, los legisladores de la Cámara Baja aprobaron el dictamen para reformar el artículo 325 del Código Penal Federal, con lo que se establece que si un servidor público retrasa o entorpece, maliciosamente o por negligencia, la procuración o administración de justicia en caso de feminicidio se le dicte prisión de cuatro a 12 años.

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También establece que dicho funcionario deberá ser destituido e inhabilitado para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta.

Durante la discusión del dictamen, Adriana Bustamante Castellanos, la diputada morenista que presentó la iniciativa, señaló que en el 2019 se registraron 3 mil 818 asesinatos de mujeres, los cuales 943 fueron investigados como feminicidios y sólo hubo 171 sentencias condenatorias por el delito de feminicidio.

“Este dictamen resulta indispensable para asegurar el efectivo derecho de las mujeres de una vida libre de violencia (…) Debemos focalizar la atención de las policías, ministerios públicos, fiscalías estatales y en la actuación del Poder Judicial para acabar con la impunidad”, indicó.

El dictamen ahora pasa al Senado de la República para su análisis y votación.

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El miércoles, la diputada del Partido del Trabajo (PT), Lilia Aguilar Gil, informó que presentará en San Lázaro la iniciativa “Ley Matilde” para sancionar a los servidores públicos que obstaculicen, sean omison o no investiguen cualquier delito en el que esté involucrada una mujer.

De acuerdo con el texto de la iniciativa, que pretende reformar el artículo 225 del Código Penal Federal, el objetivo es que “los servidores públicos no dañen la dignidad y los derechos al negar su calidad de víctimas, ya sea directa, indirecta o potencial, u omitir injustificadamente la investigación de los hechos”.

Además, incluye un agravante cuando los funcionarios “incurran en los supuestos planteados, motivados por discriminación de género“.

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