Suprema Corte invalida la Ley Ingrid en el Estado de México

Foto: Captura de pantalla

Por Julio Astorga

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó la invalidez de la reforma al Código penal del Estado de México que castigaba la difusión, publicación o comercialización de imágenes y videos de cadáveres bajo custodia de servidores públicos durante una investigación penal.

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La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) promovió la acción de inconstitucionalidad 136/2021 en contra del artículo 227 Bis del Código penal mexiquense, que fue reformado el 16 de agosto de 2021.

La ministra ponente Margarita Ríos Farjat propuso en su proyecto invalidar la reforma al vulnerar el derecho humano a la seguridad jurídica y el principio de legalidad. Dijo que en la redacción de ese artículo se incluye que el delito pueda ser cometido por particulares, cuando ese tipo de material gráfico se utilice con fines médicos, de investigación o periodísticos.

El ministro Arturo Zaldívar calificó como inadmisibles las imágenes que revictimizan a mujeres y niñas, pero sostuvo que “no puede llegarse al extremo, para tratar de combatir esta práctica, de aprobar tipos penales” que afectan la libertad de expresión.

También argumentó que hubo un problema de imprecisión del tipo penal y no se estableció con claridad en qué casos dará lugar a una sanción, que da lugar a la discrecionalidad.

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La ministra presidenta consideró que, si bien existe indignación social en contra de la divulgación de imágenes y videos de crímenes y violencia, la redacción que empleó el Congreso del Estado de México no respetó los principios constitucionales.

Con diez votos se aprobó el proyecto de la ministra Ríos Farjat. La ministra Loretta Ortiz votó en contra.

Esas reformas, conocidas como Ley Ingrid, se han promovido en diferentes estados a raíz del feminicidio de Ingrid Escamilla en 2020, en el que se le revictimizó tras la filtración de fotografías de su cuerpo por parte de servidores públicos de la Ciudad de México.

La Ley Ingrid sanciona a quien por cualquier medio de comunicación difunda imágenes, audios, videos o documentos que contengan los cuerpos de las víctimas de crímenes y que estén bajo resguardo de una investigación penal.

La “Ley Ingrid” fue denominada de esta forma tras el caso de las difusión en medios de las imágenes del cuerpo de Ingrid Escamilla en febrero de 2020 mientras se realizaban las investigaciones sobre su asesinato, situación que generó la revictimización y críticas por la falta de sensibilidad.

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