Rocío Abreu niega violación a Ley Olimpia por amenazas contra Lilly Téllez de difundir material explícito

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Foto: Cuartoscuro

La senadora Rocío Abreu reavivó la polémica que inició la semana pasada con su colega Lilly Téllez. En la sesión de este martes, la legisladora aseguró que no incurrió en faltas a la Ley Olimpia.

El 22 de febrero, la senadora por Campeche —quien llegó a la Cámara Alta representando al PRI, pero luego se cambió a Morena—, se enredó en una discusión con Téllez, quien la acusó de recibir dinero en efectivo para usarlo en elecciones.

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Ante la acusación, Abreu respondió: “No te preocupes, Lilly, ya va a salir tu video, nada más que el tuyo no es para menores de 18 años, ese es el problema”.

La declaración provocó críticas por violencia de género y una petición de las legisladoras del PAN al presidente de la Cámara para que cesaran ese tipo de ataques.

La amenaza de Abreu se destacó como una violación a la Ley Olimpia, que sancionan con multas o penas de cárcel a quien viole la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales.

En la sesión de este martes, Abreu dijo en tribuna que siempre ha respetado a sus compañeros y que no ha violado ni violará la legislación.

“Lo que literalmente dije, y aclaro, ‘va a salir tu video’. Y lo dije así ‘como me filtraron el video a mí, en cualquier momento los emisores del video lo pueden filtrar a cualquier otra persona’. Eso es muy diferente a que lo publique una servidora”, expuso.

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La Ley Olimpia establece un capítulo sobre “Violación a la Intimidad Sexual”, donde detalla que este delito se comete cuando se divulga, comparte, distribuye o publica imágenes, videos o audios con contenido íntimo sexual de una persona mayor de edad sin su consentimiento, sin su aprobación o su autorización.

Menciona que incluso ocurre “cuando se videograba, audiograba o fotografía, imprime o elabore imágenes, audios y videos con contenido íntimo sexual de una persona también sin su consentimiento”. Este delito se castiga con una pena de entre tres a seis años de prisión, así como una multa de 500 a mil unidades de medida y actualización (UMAs).

La Ley Olimpia entró en vigor a partir del 2 de junio de 2021.

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