Invalida Corte reformas electorales promovidas por Riquelme en Coahuila tras acciones de inconstitucionalidad de la CNDH, Morena y aliados

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Foto: Captura de pantalla

Por José Gerardo Mejía

Por hacer una consulta vía correo electrónico a comunidades indígenas y una mesa de trabajo selectiva de sólo 80 minutos de duración a grupos vulnerables, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó reformas constitucionales a las leyes electorales de Coahuila

Durante la sesión de este jueves, los ministros resolvieron por unanimidad que los decretos aprobados por el Congreso local, “afectan directamente los intereses de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, así como de las personas con discapacidad”.

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El proyecto, presentado por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá resaltó que “el Congreso local omitió llevar a cabo una consulta previa a los pueblos y comunidades indígenas, así como a las personas con discapacidad”.

“La forma de contactar a las comunidades indígenas fue a través de correos electrónicos, lo cual no garantiza que efectivamente haya tenido acceso a la información necesaria sobre las medidas consultadas”, explicó González Alcántara Carrancá.

El ministro ponente enfatizó que “tampoco se observa que se haya generado un diálogo entre comunidades y las autoridades, pues solamente se señala que, en general, manifestaron su consentimiento con las medidas propuestas”.

“Se llevó a cabo una mesa de trabajo sobre personas con discapacidad que tuvo una duración de una hora y veinte minutos, en la que participaron representantes de solo tres asociaciones civiles”, apuntó.

El pasado 20 de septiembre, el Congreso de esa entidad aprobó por mayoría establecer acciones afirmativas en beneficio de los grupos en situación de vulnerabilidad, entre otros puntos de las leyes electorales.

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Posteriormente la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, así como Morena, Partido del Trabajo, y el local Unidad Democrática de Coahuila, presentaron acciones de inconstitucionalidad 142/2022 y sus acumuladas 145/2022, 146/2022, 148/2022, 150/2022 y 151/2022.

Los diputados también avalaron establecer la normativa para garantizar la paridad de género sustantiva en el Congreso estatal.

Estos cambios habían incrementado el número de curules de representación proporcional de nueve a 11, con lo que el próximo 4 de junio, se elegirá a 25 diputados, además de nuevo gobernador en Coahuila

Como parte de los efectos de la votación, el pleno determinó la reviviscencia, es decir, el restablecimiento de la vigencia de las normas anteriores a las reformadas, dado que los decretos invalidados son parte de la materia electoral, con la certeza como principio rector.

Previo a la discusión y votación, el ministro Luis María Aguilar Morales aclaró que “esto no quiere decir que la Comisión Nacional de Derechos Humanos pueda, en todo momento, impugnar normas de carácter electoral, porque no es su función depurar el ordenamiento electoral”. 

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“Estoy de acuerdo en esta ocasión, porque también se involucra violaciones a derechos humanos”, subrayó. Aguilar Morales.

El martes pasado, en la primera sesión de trabajo de la SCJN, se avalaron las reformas a la Ley de Medios de Impugnación en Materia Político-Electoral y de Participación Ciudadana de Coahuila, emitidas también el 30 de septiembre pasado.

Por unanimidad, los ministros señalaron que los estados tienen libertad de configurar los plazos para presentar impugnaciones, por lo que determinaron que el Congreso de Coahuila no violó la Constitución al hacer estos cambios.

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