Ordenan a Oceanografía pagar casi mil 300 mdp por crédito fiscal al SAT

Oceanografía deberá de pagar más de 1,282 mdp al SAT
Foto:Cuartoscuro

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa ordenó a la empresa naviera Oceanografía pagar más de mil 282 millones de pesos por el crédito fiscal al Sistema de Administración Tributaria (SAT) por caso del 2009.

De acuerdo con el proyecto presentado durante la sesión del miércoles, la magistrada Luz María Anaya Domínguez explicó que la autoridad cumplió con el tiempo (cinco años ocho meses y 14 días) establecido para solicitar el cobro del Impuesto Sobre la Renta (ISR), por lo que este no caducó como había argumentado la empresa naviera.

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“Asimismo, tampoco le asiste la razón al actor al respecto al argumento en el que señala que el crédito fiscal que los ocupa ha prescrito, pues el mismo aún no se encuentra firme”, dio lectura la magistrada.

Además, se detalló que la empresa naviera no acreditó la procedencia de las deducciones por lo que se rechazaron los conceptos que presentó debido a que no “señaló en sus integraciones el número de factura, aunado a que mencionó en la misma integración gastos distintos al año fiscal distinto al 2009”.

Es por ello que los gastos presentados por la naviera no se consideraron como indispensables para ser incluidos en el reporte.

“La actora fue omisa en demostrar la estricta indispensabilidad de dichas erogaciones para la consecución de su objeto social, asimismo omitió aportar las pruebas documentales con las cuales demostrará la indispensabilidad de los gastos mostrados”, señaló la ministra.

Asimismo, pese a que Oceanografía había argumentado que no omitió el pago del Impuesto Sobre la Renta en el 2009 “con motivo de los pagos que efectuó a residentes en el extranjero”, la autoridad señaló se le hizo la retención de los impuestos correspondientes debido a la falta de información clara y documentada al respecto.

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“La demandante no proporcionó información y documentación que acreditara el pago de los intereses, el nombre de la institución financiera o empresa a la que se hizo dicho pago”, indicó el Tribunal.

Y agregó: “Tampoco exhibió documentación que acreditara que dicha partida estuviera vinculada con la compra o construcción de buques o barcos y que se relacionara directamente con su actividad para generar ingresos, concluyéndose que no demostró que estuvieran invertidos para los fines del negocio”.

La resolución fue aprobada por unanimidad en el pleno del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

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