La Corte invalida ley de Aguascalientes que definía el inicio de la vida desde la concepción

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Foto: Shutterstock

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó este lunes una porción de la Constitución de Aguascalientes que reconocía el derecho a la vida desde la concepción hasta la muerte natural. 

En un comunicado, se detalla que el Tribunal Pleno determinó esta medida para un fragmento del artículo 2, párrafo cuarto, de la Constitución de Aguascalientes. 

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Además, resolvió que los estados no están facultados para modificar el concepto de persona en sus respectivas constituciones. 

La Corte también indicó que esta norma podría afectar los derechos de la autonomía reproductiva, vida, igualdad, salud e integridad personal de las mujeres y personas gestantes. 

La decisión derivó de las acciones de inconstitucionalidad 72/2021 y su acumulada 74/2021, promovidas por la Comisión de Derechos Humanos de Aguascalientes y colectivas como Morras Help Morras, Terfu, CECADEC y Cultivando Género, que fue presentada en abril de 2021.

A través de un comunicado, las organizaciones celebraron la decisión de la Corte y reiteró su compromiso por defender los derechos.

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“Desde las organizaciones y colectivas seguiremos trabajando para que los derechos de todas las mujeres y personas gestantes se garanticen”, señalaron en un comunicado.

“Gracias a y felicidades todas las que fuimos parte de este triunfo”, agregó en otra publicación la colectiva Morras Help Morras en su cuenta de Twitter.

En febrero pasado, el Congreso del estado de Aguascalientes avaló una iniciativa de reforma a su Constitución para reconocer el derecho a la vida desde la concepción

El dictamen que fue aprobado con 18 votos a favor, ocho en contra y una abstención, señala que “el Estado debe garantizar el goce y protección de los derechos de toda persona, desde su concepción hasta su muerte natural”.

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