Tribunal Electoral revoca al INE: Samuel García no deberá pagar multa de 448 mil pesos

Tribunal Electoral revoca multa de 448 mil pesos a Samuel García que le fue impuesta por recibir recursos de un ente prohibido en su campaña
Foto: Cuartoscuro

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó este miércoles la multa de 448 mil 100 pesos que había impuesto el Instituto Nacional Electoral (INE) a Samuel García, gobernador de Nuevo León, por ser beneficiado de un sistema de triangulación de recursos durante su campaña.

Con cinco votos a favor y uno en contra, los magistrados avalaron el proyecto de Felipe Alfredo Fuentes que revoca “lisa y llana” la sanción que determinó el INE contra el gobernador el pasado 27 de abril. 

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La magistrada Janine Otálora fue la única que votó en contra del proyecto, pues argumentó que el INE acreditó la existencia de un patrón de triangulación de recursos, con el que familiares de Samuel García aportaron recursos Movimiento Ciudadano para la campaña por la gubernatura de Nuevo León

“Desde mi punto de vista, la responsabilidad de Samuel García se acredita por el hecho firme de que su campaña a la gubernatura se benefició de un monto de dinero proveniente de un esquema de simulación que él conocía y que estaba en condiciones de rechazar desde el momento que transfirió los recursos a su campaña”, argumentó la magistrada. 

Según el proyecto SUP-RAP-131/2022 y acumulados, el INE comprobó que Movimiento Ciudadano en Nuevo León recibió aportaciones por un total de 14 millones 26 mil 500 pesos de un ente prohibido.

La madre y hermanos del entonces candidato hicieron las aportaciones de recursos que provinieron de las personas morales SAGA Tierras y Bienes Inmuebles, S.A. de C.V.; Firma Jurídica y Fiscal Abogados S.C.; y Firma Contable y Fiscal Contadores y Financieros S.C.

Además, el órgano electoral comprobó que no existía una relación entre los familiares de Samuel García y las empresas, por lo que habrían tenido el objetivo de aparentar que las aportaciones realmente provenían de personas morales.

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Sin embargo, el magistrado Felipe Alfredo Fuentes señaló en su proyecto que el INE vulneró el derecho de audiencia de Samuel García porque consideraron pruebas sin dárselas a conocer.

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