Corte desecha impugnación contra reforma que posponía la paridad de género para la elección de candidata a la gubernatura en Coahuila

gertz-manero-scjn-ministros-amlo
Foto: SCJN

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó la acción de inconstitucionalidad promovida por los partidos Verde Ecologista y Unión Democrática de Coahuila contra un decreto aprobado por el congreso de Coahuila que posponía para 2029 la postulación de sólo candidatas mujeres para la gubernatura de ese estado.

También lee: Familiares de Alejandra Cuevas, acusada de la muerte del hermano de Gertz Manero, convocan a escuchar la resolución del caso frente a la SCJN

La acción de inconstitucionalidad fue sobreseída, pues el Tribunal Superior de Justicia de Coahuila el pasado 27 de junio declaró la invalidez del decreto número 193. Por ello, la Suprema Corte no analizó el fondo de este asunto.

El decreto invalidado planteaba reformas la constitución estatal en materia de paridad de género y fue aprobado el 17 de diciembre de 2021 por el congreso coahuilense, de mayoría priista. Entre dichas reformas, se ponía un candado para evitar que las candidaturas a la gubernatura en las elecciones del próximo año fueran ocupadas exclusivamente por mujeres, difiriendo ese hecho hasta 2029.

El 22 de marzo de este año, los diputados locales de Morena, Francisca Aguilar Tabares y Francisco Cortez Gómez presentaron la acción de inconstitucionalidad local en contra del decreto. 

Te puede interesar: Familiares de Alejandra Cuevas, acusada de la muerte del hermano de Gertz Manero, convocan a escuchar la resolución del caso frente a la SCJN

Los diputados morenistas argumentaron que no se cumplió con el proceso legislativo, por lo que el Tribunal Superior de Justicia de Coahuila ordenó al congreso local reponer el procedimiento para consultar debidamente a los ayuntamientos en esta reforma a la constitución estatal.

Loretta Ortiz, ministra ponente de este asunto, había propuesto derogar la reforma aprobada por el congreso de Coahuila y aplicar el artículo 77, fracción I, de la constitución de ese estado, el cual establece que, si el gobernador en funciones es hombre, los partidos políticos deben postular a mujeres en la elección de cambio de gobernador.

Comparte esta nota