Los estados no tienen facultades para declarar las corridas de toros y las peleas de gallos como patrimonio cultural, determina la Corte

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Foto: Cuartoscuro, Martín Zetina

La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la fiesta taurina y las peleas de gallos no pueden ser consideradas como patrimonio cultural en el estado de Nayarit. 

Durante la sesión de este miércoles, la Corte otorgó un amparo contra un decreto del estado de Nayarit que declaraba a la fiesta taurina y a las peleas de gallos como patrimonio cultural inmaterial del estado. 

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El decreto señalado fue aprobado el 9 de mayo del 2019 en Nayarit y, según las autoridades, “tiene por objeto declarar a la charrería, al jaripeo, al adiestramiento de caballos, a la fiesta taurina y las peleas de gallos como patrimonio cultural inmaterial del estado”. 

Ante esto, la sala de la Corte refirió que es facultad federal determinarlo y los estados del país no cuenta con facultades para poder emitir este tipo de declaratorias. 

“Resultó inconstitucional el Decreto reclamado en el juicio de amparo, ya que el Estado de Nayarit no cuenta con la facultad de declarar a la fiesta taurina y a las peleas de gallos como patrimonio cultural inmaterial”, señaló la Corte en un comunicado. 

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Tras esta decisión, la Corte precisó que en este caso no se resolvió si estas deben ser prohibidas ilegalmente, puesto que no fue planteado en el juicio de amparo

“La única decisión de la sala fue que el Estado de Nayarit carece de competencia para declarar a estas actividades como patrimonio cultural inmaterial”, aclaró

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