El SAT prorroga al 1 de enero de 2023 la obligación de presentar al empleador la constancia de situación fiscal

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Debido a que la facturación electrónica de las empresas comenzará el tránsito de la versión 3.3 a la 4.0 a partir del próximo 1 de julio, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) pidió a las personas físicas, asalariadas o que cuentan con un empleo formal la constancia de situación fiscal para presentarla a su empleador para actualizar la información.

El SAT dispuso prorrogar al 1 de enero de 2023 -fecha a partir de la cual será obligatorio para las empresas emitir facturas 4.0- el plazo límite para tramitar la constancia por parte de las personas físicas.

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Es importante, de acuerdo con el SAT, que el contribuyente conozca y mantenga actualizada en todo momento su información fiscal contenida en la constancia de Situación Fiscal, como el acta de nacimiento, que contiene datos de identificación.

El documento además contiene información como el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), nombre o razón social, código postal del domicilio fiscal y régimen fiscal.

El SAT explicó que en caso de que el contribuyente conozca esta información, puede entregarla a su empleador o emisor de factura sin necesidad de presentar su constancia de Situación Fiscal.

Sobre algunos temores de no entregar la constancia, el SAT explicó que no entregarla, no es motivo de despido ni retención del pago.

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“Cabe destacar que la emisión de la factura de nómina es independiente a la obligación laboral que tienen los empleadores de pagar sueldos y salarios a sus trabajadores, por lo que no entregar la constancia no es motivo de despido ni de retención de pago”, informó el servicio adscrito a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

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