Suprema Corte despenaliza la posesión de más de cinco gramos de marihuana para consumo personal

Foto: Captura de video.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó este miércoles despenalizar la posesión de más de cinco gramos de marihuana para uso o consumo personal.

Tres de cinco ministros de la Primera Sala de la Corte se pronunciaron por otorgar un amparo a Edgar Saúl Díaz Sánchez contra el artículo 478 de la Ley General de Salud, que determina ejercer acción penal contra los consumidores de cannabis que posean para su estricto consumo personal una cantidad superior a 5 gramos.

Lee aquí: Uso recreativo de la marihuana, en el limbo en México: Congreso no legisla en la materia pese a fallo de la Corte

La Ley referida contempla que se castigue, con hasta tres años de prisión, a quien se exceda del gramaje.

“El Ministerio Público no ejercerá acción penal por el delito previsto en el artículo anterior, en contra de quien sea farmacodependiente o consumidor y posea alguno de los narcóticos señalados en la tabla, en igual o inferior cantidad a la prevista en la misma, para su estricto consumo personal”, establecía el apartado de la norma.

Sin embargo, con su decisión de los ministros de la Primera Sala de la SCJN se declaró inconstitucional el apartado referente a la cannabis.

Los votos a favor del proyecto presentado por Juan Luis González Alcántara Carrancá fueron los del mismo ministro, así como los de Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y la presidenta de la Primera Sala, Ana Margarita Ríos Farjat.

Te puede interesar: Activistas anuncian la creación de cultivo tradicional de marihuana en Sonora

En contra, votaron los ministros Jorge Mario Pardo Rebolledo y Norma Lucía Piña Hernández.

Comparte esta nota