Corte determina cancelar la orden de aprehensión contra Laura Morán por la muerte del hermano de Gertz Manero

Foto: Captura de video.

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó este lunes el amparo liso y llano a
Laura Morán contra la orden de aprehensión librada en su contra por la muerte de Federico Gertz Manero, hermano del titular de la Fiscalía General de la República (FGR) Alejandro Gertz Manero.

La Corte aprobó unanimidad el proyecto elaborado por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena en el que se dispone cancelar la orden de aprehensión en librada en contra de Laura Morán, de 88 años de edad, que fue pareja sentimental de Federico Gertz.

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A Laura Morán se le acusó del delito de homicidio doloso de concubino cometido bajo la figura de comisión por omisión por la muerte de Federico Gertz, acusada de descuidar sus cuidados médicos, lo que condujo al deceso.

En su decisión de este lunes, los ministros coincidieron en que Laura Morán no incurrió en las omisiones dolosas en los cuidados médicos de Federico Gertz, y que la comisión por omisión no fue demostrada por el tribunal.

En su resolución del 14 de marzo, la Corte determinó ejercer su facultad de atracción en este asunto, y no devolver al tribunal de origen el caso como lo proponía el proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán presentado en la sesión de aquél día y que fue votado en contra, por lo que se encargó la elaboración de uno nuevo a Alfredo Ortiz Mena.

En su exposición del proyecto, el ministro ponente Ortiz Mena apuntó en la sesión, entre otras cosas, que la acusación contra Laura Morán que fue cancelada con el fallo de este lunes se basaba en que ella debía saber todo lo necesario para prolongar la vida de su pareja, Federico Gertz, durante su convalecencia, y que decidió ser omisa en los cuidados.

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“La omisión reprochada se basa en la premisa de que ella debía estar orientada por una especie de intuición natural para conducirse de manera precisa, sabia y prudente en momentos tan complejos como el que innegablemente la presencia una enfermedad grave en el seno familiar”, dijo.

Por su parte, el ministro Luis María Aguilar Morales, apuntó que los peritos consideraron que lo óptimo habría sido que se llevara a Federico Gertz a un hospital para que recibiera los cuidados necesarios, sin embargo, señaló, no hay prueba de que Morán contara con esa información especializada, como tampoco hay prueba de que de haberla tenido habría dejado de actuar en función de dicha información con el propósito de que su pareja muriera.

“No hay pruebas de que ella haya sido auxiliadora en la muerte del pasivo, de que lo haya hecho en comisión por omisión, y sobre todo lo haya hecho de manera dolosa como se le atribuye”, aseveró.

Y consideró que la jueza de la causa usó un criterio discriminatorio para establecer la responsabilidad de Morán en la muerte de Federico Gertz al imponerle un deber de cuidado en función de su condición de mujer.

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Durante su intervención en la discusión del proyecto, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, además de manifestar su apoyo a entregar a Laura Morán el amparo liso y llano y propuso además que fuera reconocida como víctima de acciones irregulares de autoridades el Estado.

“La propuesta que hago es que este Tribunal Pleno reconociera que la imputada sufrió una afectación injustificada por parte de los órganos del Estado a su derecho de libertad personal y que, en virtud de lo anterior, reconociéramos su carácter de víctima de violación de derechos humanos, a efecto de que le sea posible acceder a los mecanismos de reparación integral que establece la Ley General de Víctimas”, dijo.

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