Tribunal Electoral respalda al INE y reitera que AMLO debe abstenerse de promocionar la revocación de mandato

TEPJF pide que AMLO se abstenga de promocionar el proceso de revocación de mandato
Foto: Cuartoscuro.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó las medidas cautelares, que dictó el Instituto Nacional Electoral (INE), a través de las que se estableció que el presidente Andrés Manuel López Obrador debe abstenerse de promocionar el proceso de revocación de mandato.

Durante una sesión privada el pleno de la Sala determinó, por unanimidad, que “se conminara al presidente de la República a apegarse a las limitaciones constitucionales sobre la difusión de propaganda gubernamental.

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El pleno de la Sala Superior del Tribunal confirmó el acuerdo ACQyD-INE-13/2022 en el que la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) “declaró procedente el dictado de medidas cautelares, en su vertiente de tutela preventiva”.

El Partido de la Revolución Democrática (PRD) denunció al presidente López Obrador el pasado 4 de febrero por las diversas expresiones que hizo sobre el tema en la conferencia matutina del día 2 del mismo mes. 

El presidente López Obrador en la conferencia referida aseguró que la pregunta que se aprobó para la consulta de revocación de mandato “es complicada” y requiere de un “buen traductor”.

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“Hicieron tan complicada la pregunta de la consulta que primero no se conoce, la gente no sabe si va a ser sí o no, entonces sí pedirles a todos que busquen un buen traductor, porque esto tiene que ver con los expertos, para que no se vayan a equivocar al momento de ir a votar y que ayuden”, expresó.

El PRD indicó que dichas declaraciones implicaban indebido uso de recursos públicos y la ilegal promoción del proceso de revocación de mandato.

El partido, bajo la figura de tutela preventiva, solicitó que se conminara al presidente “para que se apegue a las limitaciones constitucionales a las que está sujeto y no promocione el ejercicio de revocación de mandato en cualquiera de sus presentaciones públicas”.

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El INE determinó procedente la medida cautelar solicitada. Los consejeros resolvieron por votación unánime el procedimiento especial sancionador UT/SCG/PE/PRD/CG/25/2022 promovido por el PRD el 5 de febrero 

“A propuesta del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, el TEPJF confirmó el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE debido a que se advirtió una conducta reiterada y sistemática por parte del titular del Ejecutivo, consistente en utilizar esa herramienta de comunicación para difundir propaganda gubernamental, lo que constituye un elemento objetivo y razonable para estimar el temor fundado y el riesgo inminente de que se repitiera la conducta sancionada a lo largo del periodo restringido constitucionalmente”, dijo el Tribunal en un comunicado.

Por tanto, la Sala Superior confirmó que, bajo la figura de tutela preventiva, se conminara al presidente López Obrador a a apegarse a las limitaciones constitucionales sobre la difusión de propaganda gubernamental, a fin de que se abstenga de promocionar el ejercicio de revocación de mandato en cualquiera de sus apariciones públicas

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