La Suprema Corte acota a dos años la prisión preventiva; reitera que debe ser una medida excepcional

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Foto: Captura de pantalla

Este miércoles, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió limitar a dos años la prisión preventiva para las personas a las que se les ha impuesto esta medida cautelar y no han recibido una sentencia, informó en un comunicado de prensa.

La prisión preventiva es una medida aplicada por un juez de control cuando se trata de delitos como delincuencia organizada, feminicidio, violación, secuestro, delitos contra la salud, corrupción, trata de personas, entre otros.

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El Ministerio Público solicita esta medida para garantizar la presencia del acusado durante el proceso judicial y, de acuerdo con el artículo 20 constitucional, su duración no podrá exceder los dos años a menos que la solicite la defensa de la persona acusada.

El proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá obtuvo la aprobación por mayoría de votos en la Primera Sala de la SCJN.

Este caso llegó a la Corte después de que un tribunal colegiado negó el amparo a una persona que solicitó la revisión de la pena al rebasar el tiempo establecido por la Constitución.

En el mismo comunicado, la Corte explica que la prisión preventiva debe ser una medida excepcional pues se trata de una restricción a la libertad personal en el proceso penal.

Esta decisión será obligatoria para que todos los jueces en el país revisen la medida y evalúen poner otra medida cautelar una vez cumplidos los dos años de prisión preventiva.

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