Profeco coloca sellos de suspensión a Viva Aerobús y Volaris por cobrar equipaje de mano

Profeco coloca sellos de suspensión a Viva Aerobús y Volaris por cobrar maleta de mano
Foto: Twitter / Profeco

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) colocó sellos de suspensión a las aerolíneas Viva Aerobús y Volaris en los aeropuertos de San Luis Potosí y Puerto Vallarta por cobrar tarifas por el equipaje de mano que llevan los pasajeros.

En un comunicado, la dependencia aclaró que, aunque se colocaron sellos de suspensión en las dos aerolíneas por el cobro del equipaje de mano, no se suspendió la venta de boletos con el fin de no afectar a los consumidores. 

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Agregó que la medida impuesta a las aerolíneas implica el inicio de un procedimiento de infracción a la Ley.  La Procuraduría indicó que las aerolíneas deben permitir a los pasajeros llevar una maleta de mano con un peso máximo de 10 kilos aún con la tarifa más baja.

Desde el lunes pasado, la Procuraduría Federal del Consumidor exhortó a las aerolíneas Viva AerobúsVolaris Aeroméxico detener el cobro indebido que hacen en su tarifa por equipaje de mano y así evitar acciones legales en su contra.

“Hago un llamado a todas la líneas aéreas que operan en México, la tarifa más barata que tengan, la tarifa básica tiene que incluir forzosamente una pieza de equipaje de mano por pasajero“, dijo en un video en redes sociales, el titular de la Profeco, Ricardo Sheffield.

Este jueves, Profeco informó que concilió con Aeroméxico los reclamos de consumidores para que les permitiera viajar con equipaje de mano sin cargo extra, aún con la tarifa más baja. 

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Ante el llamado de la dependencia, Aeroméxico decidió incluir, sin cargo extra, el equipaje de mano de hasta 10 kilos aún en su tarifa más baja. 

Profeco señaló que cobrar el equipaje de mano “podría constituir una práctica que lesiona los intereses y derechos de los consumidores”.

“El pasajero podrá llevar en cabina hasta dos piezas de equipaje de mano. Las dimensiones de cada una serán de hasta 55 centímetros de largo por 40 centímetros de ancho por 25 centímetros de alto, y el peso de ambas no deberá exceder los diez kilogramos”, según lo establece un artículo de la Ley de Aviación Civil.

Con información de EFE 

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