TEPJF ratifica sanciones a funcionarios y concesionarias por la difusión de informe de AMLO

TEPJF ratifica sanciones a funcionarios y concesionarias por la difusión de informe de AMLO
FOTO: Cuartoscuro / Archivo.

El Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó por unanimidad la sentencia de la Sala Regional Especializada con la que sancionó a diversas concesionarias y funcionarios públicos por la difusión de los “Primeros 100 días del Tercer Año de Gobierno” del presidente Andrés Manuel López Obrador.

La Sala Regional Especializada había considerado que 14 concesionarias y diversos servidores públicos adscritos a la Presidencia de la República cometieron infracciones por la difusión de propaganda en la veda electoral y uso indebido de recursos públicos por el evento realizado el pasado 30 de marzo.

Entérate: TEPJF determina continuar con investigación contra Pío López Obrador por presuntos delitos electorales

El informe de los primeros 100 días del tercer año de gobierno de López Obrador se llevó a cabo cuando varios estados del país estaban en periodo de campañas electorales, como Sonora, Campeche, Colima, Nuevo León, San Luis Potosí y Guerrero. Además, se confirmó la indebida utilización de recursos públicos por 185 mil 515 pesos.

Luego de la decisión de la Sala Regional Especializada, el Canal Once, el Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, Cadenatres, el Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales (Cepropie) y Televisión Azteca, así como Alejandro Esquer Verdugo, secretario particular del presidente de la República; Jesús Ramírez Cuevas, coordinador general de Comunicación Social y Vocero del Gobierno de la República, entre otros, impugnaron la sentencia.

En la sentencia emitida en su sesión de este día, la Sala Superior consideró que “los servidores públicos no están exentos del cumplimiento de los límites previstos en la Constitución y que las concesionarias tienen la obligación de no difundir propaganda gubernamental contraria a la normativa electoral”. Además, indicó que el proceso electoral federal ya había iniciado, y que aunque los hechos denunciados involucraban al presidente, se dio la difusión en radio y TV.

El pasado 30 junio, la Sala Superior de confirmó la sentencia dictada por la Sala Especializada, en la cual se determinó que el discurso del presidente López Obrador por los primeros 100 días de su tercer año de gobierno, sí constituyó un acto de propaganda gubernamental personalizada en un periodo prohibido por las leyes electorales.

Te puede interesar: Morena impugna ante el TEPJF lineamientos del INE para revocación de mandato

El discurso del presidente López Obrador por los primeros 100 días de su tercer año de gobierno, el cual tuvo lugar en Palacio Nacional, fue impugnado por el PRD el 26 de marzo.

El partido del sol azteca consideró que este evento representó actos de “promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos, difusión de propaganda gubernamental en periodo de campañas y vulneración a las reglas para la presentación de informe de labores”.

Comparte esta nota