Comisiones del Senado aprueban aumentar penas para quienes alteren vacunas y pruebas de salud

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Las Comisiones Unidas de Salud y Estudios Legislativos Segunda del Senado aprobaron el dictamen de reforma al artículo 464 ter de la Ley General de Salud para aumentar las penas a las personas, funcionarios o empresas que alteren o falsifiquen vacunas, medicamentos o pruebas contra la Covid-19 u otras enfermedades.

Los integrantes de la comisiones aprobaron por unanimidad el dictamen de una iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 464 Ter de la Ley General de Salud en materia de adulteración, contaminación, alteración y falsificación de medicamentos.

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La reforma señala que “a quien adultere, falsifique, contamine, altere o permita la adulteración, falsificación, contaminación o alteración de medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos, de sus envases finales para uso o consumo humanos o los fabrique sin los registros, licencias o autorizaciones que señala esta Ley, se le aplicará una pena de tres a quince años de prisión y multa de cincuenta mil a cien mil veces la Unidad de Medida y Actualización vigente al momento de la comisión del delito”.

El dictamen aprobado también establece que “quien falsifique o adultere o permita la adulteración o falsificación de material para envase o empaque de medicamentos, etiquetado, sus leyendas, la información que contenga o sus números o claves de identificación, se le aplicará una pena de uno a nueve años de prisión y multa de veinte mil a cincuenta mil veces la Unidad de Medida y Actualización vigente al momento de la comisión del delito”.

Finalmente, se establece que las personas, funcionarios o empresas que cometan ese delito “a quien venda, ofrezca en venta o comercie muestras médicas, le será impuesta una pena de uno a nueve años de prisión y multa equivalente de veinte mil a cincuenta mil veces la Unidad de Medida y Actualización vigente al momento de la comisión del delito. Cuando alguna de las conductas anteriores se cometa en medicamentos que pretendan prevenir, detectar, tratar o curar las causas que originaron la acción extraordinaria en materia de salubridad general, se aumentará hasta en un tercio la pena establecida para tal delito”.

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 “En el caso anterior, aumentará la pena hasta en una mitad cuando además el delito sea cometido por un servidor público en ejercicio de sus funciones”, indica el dictamen de reforma aprobado. El documento pasará ahora al pleno de la Cámara alta para su ratificación.

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