SCJN comienza discusión sobre objeción de conciencia, que permite a personal de salud negarse a realizar un aborto

Suprema Corte fija al Congreso lineamientos para regular la objeción de conciencia
Foto: SCJN.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) comenzó este lunes la discusión sobre el derecho a la objeción de conciencia para que los médicos puedan negarse a practicar servicios como el aborto siempre que no se encuentre en riesgo la vida de las personas o cuando no se trate de una urgencia médica.

En sesión del Pleno, el ministro presidente de la Corte, Arturo Zaldívar, criticó que la objeción de conciencia sea reconocida como parte fundamental del derecho a la libertad de culto y aseveró que, al recurrir a esa práctica, los médicos limitan el acceso a la salud de los pacientes, principalmente de las mujeres y personas gestantes.

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“En la práctica, la razón principal por la que se plantea la objeción de conciencia en la medicina es precisamente con motivo del aborto. Estamos en presencia de una colisión de derechos fundamentales que afecta tanto el derecho a la salud como los derechos sexuales y reproductivos incluyendo el derecho a la interrupción del embarazo”, expresó.

El pleno de la Corte prevé discutir los efectos y alcances del fallo hasta el próximo lunes cuando se realice la votación definitiva. Sin embargo, algunos ministros adelantaron que validarán el derecho a la objeción de conciencia aunque no están a favor de toda la sentencia.

El proyecto propone que el Estado mexicano deberá asegurarse de contar con el equipo médico y de enfermería suficiente que esté dispuesto a practicar los servicios cuando otros médicos opten por la objeción de conciencia. Con ello, se busca “garantizar que se preste la atención médica en la mejor de las condiciones posibles, sin forma alguna de discriminación”.

También establece que, los doctores que prefieran no realizar algún procedimiento, no podrán emitir algún juicio de carácter religioso, ideológico o personal que pueda discriminar o tratar de adoctrinar a los solicitantes de los servicios de salud.

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La ministra Margarita Ríos Farjat sugirió que en el proyecto se incluyera que el personal médico no sea aleccionado, persuadido, ni condicionado para recurrir a la objeción de conciencia. Refirió que la conciencia es una condición individual y no institucional.

“No se debe utilizar la objeción de conciencia como una forma de excusarse al momento de brindar atención de salud a quien lo necesita, sea cual sea la moral, ideología o creencia de quien la profesa”, sentenció.

El caso llegó a la Suprema Corte tras una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) con la que buscaba la invalidez de los artículos 10 Bis, Segundo y Tercero Transitorios de la Ley General de Salud.

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