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Este jueves entraron en vigor las reformas a la Ley de Movilidad y el Código Penal de la Ciudad de México, entre las que destaca que se cancelará el permiso de conducir para las personas que provoquen la muerte de terceros o sean detenidas en varias ocasiones mientras conducen bajo los efectos del alcohol o drogas.
De acuerdo con el artículo 67, la Secretaría de Movilidad (Semovi) capitalina deberá cancelar de forma definitiva los permisos para conducir de las personas que sean sancionadas por conducir alcoholizadas o drogadas por segunda vez en un año o por tercera vez en un periodo de tres años.
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Se cancelará la licencia cuando un juez encuentre responsable a un conductor de la muerte o de las lesiones que pongan en peligro la vida de terceros y hayan sido causadas por negligencia, impericia, falta de cuidado o irresponsabilidad del chofer.
La Semovi también indicó que se cancelará la licencia a los conductores de transporte privado y público, así como de carga, que conduzcan en estado de ebriedad o drogados, desde la primera vez que sean detenidos.
Además, de acuerdo con el artículo 69, no se reexpedirá la licencia a los conductores de transporte privado, público o de carga que se hayan visto involucrados en algún accidente de tránsito.
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Finalmente, las reformas al artículo 135 establecen que se perseguirán por querella las lesiones culposas cuando el conductor esté en estado de ebriedad o bajo el influjo de drogas, no ayude a la víctima o se dé a la fuga. Si el accidente fue provocado porque el conductor estaba utilizando un teléfono móvil o cualquier dispositivo de comunicación, así como si invadió la vía ciclista o un carril confinado.
“Fueron publicadas en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México diversas reformas a la Ley de Movilidad y al Código Penal como parte de las medidas tomadas durante esta administración para fortalecer la seguridad vial en la capital del país”, dijo la Semovi en un comunicado.
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