CRE niega dos permisos de generación eléctrica a empresas privadas

CRE niega cuatro permisos de generación eléctrica a privados
FOTO: Captura de video del Facebook de la Comisión Reguladora de Energía.

La Comisión Reguladora de Energía (CRE) negó este jueves dos solicitudes de permisos a empresas privadas para generar energía eléctrica renovable, y a otras dos para la modificación de la condición tercera para el aprovechamiento de la energía generada en la modalidad de cogeneración.

Los comisionados resolvieron por unanimidad de votos no otorgar los permisos de generación eléctrica a Hive Solar Baja California Norte 1, S. A. de C. V., y a la Hive Solar Tres Manantiales, S. A. de C. V.

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La Hive Solar Baja California Norte 1 solicitó instalar un parque solar en Baja California, mientras que la Hive Solar Tres Manantiales hizo lo propio en el estado de Coahuila.

La CRE votó a favor de dos proyectos de resolución, por los cuales se les negó a las empresas Cogeneración de Altamira, S. A. de C. V. y a Delaro, S. A. P. I. de C. V., la modificación de la condición tercera relativa al aprovechamiento de energía eléctrica generada en la modalidad de cogeneración, establecida en los permisos para generar electricidad.

Además, se le negó a Delaro la modificación de la condición cuarta, que se refiere a los planes de expansión del permiso para generar electricidad con número E/2005/AUT/2017.

En ninguna de las sesiones se expusieron los motivos para negar los permisos contenidos en los proyectos de resolución.

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El pasado 25 de mayo, Rodrigo de la Peza, titular del Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, otorgó cinco nuevas suspensiones de carácter definitivo contra las reformas a la Ley de la Industria Eléctrica.

En audiencias definitivas se determinó mantener las medidas cautelares a las empresas Minera Capela, Azura Solar, Colibrí Solar, Puma Solar y Potosí Solar. Las resoluciones se publicaron el 26 de mayo en la lista de acuerdos del Consejo de la Judicatura Federal (CJF). Con estas se han registrado al menos 220 suspensiones de carácter definitivo.

Dichas empresas se unen a otras firmas como Desarrollos Eólicos Mexicanos (DEMEX), Grupo Bimbo y Walmart, que también se habían solicitado contra estas modificaciones a la ley.

Esta reforma, que había entrado en vigor el 10 de marzo, implica revisar por ley los permisos de autoabastecimiento y, en caso de que se detecte que fueron otorgados a través de un fraude, deberán ser revocados por la Comisión Reguladora de Energía (CRE). También se obligaba a revisar los contratos con los productores independientes de energía eléctrica, según el decreto.

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La Secretaría de Energía, la Comisión Reguladora de Energía y el Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) tenían 180 días naturales para realizar las modificaciones necesarias para cumplir con la implementación de las reformas.

Ante esta nueva reglamentación, varias empresas solicitaron medidas cautelares al verse afectadas en su participación dentro del sector eléctrico. El juez Rodrigo de la Peza, al igual que Juan Pablo Gómez Fierro, del Juzgado segundo del distrito, otorgó una serie de amparos contra la aplicación de estas medidas.

El 24 de marzo, dos semanas después de la puesta en vigor, la Secretaría de Energía (Sener) publicó el aviso con el que acata la suspensión que deja sin efectos la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica impulsada por el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador.

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