Tribunal Electoral revoca sanción contra Colosio; afirma que no cometió actos anticipados de campaña

TEPJF revoca sentencia contra Colosio por actos anticipados de campaña
FOTO: Facebook Luis Donaldo Colosio.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó, por cinco votos a favor y uno en contra, la sentencia contra Luis Donaldo Colosio Riojas por actos anticipados de campaña, debido a que no se acreditó que se llamara al voto o se buscara posicionar al abanderado de Movimiento Ciudadano por la alcaldía de Monterrey.

Los magistrados electorales resolvieron el recurso de reconsideración presentado por Colosio Riojas contra la sentencia emitida por la Sala Regional Monterrey. A su vez, esa sala confirmó el fallo del Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León, que declaró existentes las infracciones por adelantarse en su promoción al inicio oficial de las campañas en la capital del estado.

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El ahora alcalde electo de Monterrey fue sancionado con una multa de 34 mil pesos por actos anticipados de campaña el pasado 14 de abril. La sanción quedó sin efecto luego de que en sesión pública los magistrados de la Sala Superior la revocaron.

La multa contra Colosio y Movimiento Ciudadano giró en torno por una publicación de Facebook del 30 de enero, en la que se emitió un video en el que el denunciado señalaba, entre otras cosas: “Es un aviso que se le hace a la gente de Monterrey para que se den cuenta que les quieren, nuevamente, afectar e imponer en su elección. Les quieren quitar su elección, les quieren quitar opciones competitivas que les pueden presentar otros partidos, nos quieren sacar a la mala”.

“Este Órgano Jurisdiccional determinó que la publicación no contiene manifestaciones explícitas respecto a una finalidad electoral, además de que ninguna de las expresiones denota una intención de posicionarse anticipadamente en el proceso electoral”, consideraron los magistrados electorales.

En su decisión, los magistrados también señalaron en que el Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León no precisó las razones que lo llevaban a considerar que las frases y las características de las diversas publicaciones denunciadas equivalían a un llamado al voto o que posicionaban al aspirante de forma anticipada al proceso electoral.

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En la sesión pública del 14 de abril del Tribunal Electoral se precisó que a pesar de que el video no contiene frases que se encuentren prohibidas de manera expresa, sí se incluyen mensajes de posicionamiento sobre su imagen y nombre, refiriendo su candidatura por Movimiento Ciudadano, que es el partido que lo postula y una plataforma electoral para la presidencia municipal de Monterrey.

La Sala Superior revocó estas determinaciones y precisó que la Sala Monterrey las avaló sin que realizara un análisis exhaustivo ni tomando en cuenta los alegatos de Luis Donaldo Colosio Riojas.

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