INAI interpondrá acción de inconstitucionalidad por desaparición de órgano de transparencia de Oaxaca

Inai interpondrá acción de inconstitucionalidad por desaparición de órgano de transparencia de Oaxaca
El Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP). Foto: Google maps.

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) interpondrá una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra de un decreto que desaparece el órgano de transparencia de Oaxaca.

El pleno del INAI determinó instruir a la dirección general de Asuntos Jurídicos, como su representante legal, a interponer el recurso porque la decisión que modifica el artículo 114 de la Constitución Política de la entidad viola el derecho de acceso a la información y la autonomía del Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP).

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Las reformas constitucionales de Oaxaca se publicaron el 1 de junio en el periódico oficial del estado. Este miércoles el pleno determinó por unanimidad la inconformidad.

Adrián Alcalá Méndez expresó que algunos de los cambios “afectan directamente a los principios que regulan los ejercicios de los derechos fundamentales de acceso a la información y de protección de datos personales”. El comisionado cuestionó la forma en que se llevó a cabo el proceso legislativo que determinó el cambio.

“La desaparición del órgano garante pone en riesgo la garantía de los derechos de acceso a la información y de protección de datos personales puesto que no se prevé o hay una omisión de qué pasará durante el tiempo en que se puede establecer un nuevo organismo garante”, explicó.

Además alertó que este acto incluyó la posibilidad de que, en adelante, sólo se puedan recurrir las resoluciones del INAI por medio del Consejero Jurídico, cuando la Ley General de Transparencia determinó que sólo esta figura puede interponer un recurso únicamente por razones de seguridad nacional.

La comisionada Josefina Román Vergara también mencionó el peso legislativo de la decisión y explicó que si hay inconstitucionalidad se habría “quebrantado el principio legislativo establecido por lo que impacta en el principio democrático que debe regir la emisión de actos formal y materialmente legislativos, tanto a nivel federal como a nivel local”.

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El comisionado Francisco Javier Acuña Llamas expuso que llevar a examen de constitucionalidad ante el máximo Tribunal del país casos como este es trascendente por el peso de la autonomía y del derecho de permanencia de las instituciones, sobre todo las que pertenecen al Sistema Nacional de Transparencia.

La comisionada Norma Julieta del Río Venegas alertó que se intentó introducir el concepto de definitividad, que contraviene el derecho al acceso a la información. Explicó que este principio “consiste en que todas las resoluciones emitidas por los organismos garantes de transparencia del país son definitivas e inatacables para los sujetos obligados, salvo en el ámbito federal que solo pueda realizarse a través del procedimiento jurídico del gobierno”.

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