TEPJF valida la decisión de Morena de negar la reelección a Porfirio Muñoz Ledo

Muñoz Ledo no cumplió con el proceso para ser postulado a diputado por Morena: TEPJF
Foto: Facebook Porfirio Muñoz Ledo.

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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) consideró como “infundados e inoperantes” los alegatos del legislador Porfirio Muñoz Ledo en contra de Morena por impedirle postularse como candidato a la reelección a diputado federal por el principio de “representación promocional”.

El fallo, dictaminado por unanimidad de votos, confirmó la resolución de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia (CNHJ) de Morena, mediante la que no se incluyó a Muñoz Ledo como candidato a dicha diputación debido a que incumplió con el procedimiento para hacerlo.

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“Al realizar el estudio de fondo, este órgano jurisdiccional observó que Muñoz Ledo no se inscribió en el procedimiento, por lo que no había deber alguno para valorar su perfil”, informó el Tribunal en un comunicado.

Muñoz Ledo aseguró, en sus argumentos enviados al TEPJF, que Morena incurrió en una “omisión procesal” y que incumplió con las obligaciones establecidas en la Ley General de Partidos Políticos.

El legislador también refirió que había realizado su registro ante Morena en tiempo y forma para poder contender por el cargo público en los elecciones del pasado 6 de junio.

Sin embargo, el 19 de mayo, la Sala Superior del TEPJF revocó la resolución de Morena contra Muñoz Ledo, al tiempo que ordenó a la CNHJ que aclarara las reglas bajo las cuales se determinaron las candidaturas a diputaciones federales.

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Los magistrados establecieron un plazo máximo de tres días para que el partido emitiera una resolución de fondo y tomara una decisión respecto a la candidatura del todavía diputado. No obstante, la comisión morenista hizo caso omiso de la exigencia del Tribunal y no emitió la última resolución sobre el caso del diputado.

Muñoz Ledo impugnó la resolución de la CNHJ debido a que se había declarado la improcedencia de su recurso. La Sala Superior reencauzó la impugnación a la Comisión, pero nuevamente se declaró improcedente.

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