Tribunal Electoral de Sonora invalida 10 candidaturas a diputaciones locales de la alianza Morena-PVEM-PT-PANAL

Tribunal Electoral de Sonora deja sin efecto diez diputaciones locales de la alianza Morena-PVEM-PT-PANAL
Azalia Guevara, hermana de Ana Guevara, directora de la Conade. FOTO: Facebook

El Tribunal Estatal Electoral de Sonora (TEE Sonora) ordenó al Instituto Electoral de la entidad dejar sin efecto diez diputaciones locales de la coalición que integran Morena, Partido del Trabajo (PT), Partido Verde Ecologista de México (PVEM) y Nueva Alianza (PANAL).

En sesión virtual, el TEE Sonora respaldó el acuerdo CG-145/2021 porque consideró que el PANAL es un partido de nueva creación y no puede participar de manera conjunta con el resto de los partidos en la elección de junio próximo. El proyecto fue aprobado con dos votos a favor y uno en contra.

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Las candidaturas que quedaron fuera corresponden a ciudades de Sonora como Hermosillo, Guaymas, Nogales y Huatabampo, e incluyen a candidatos como Bernardeth Ruiz, Armando Moreno, Alma Delia Limón, José Ramírez, Sebastián Orduño, Iram Solís, Ernestina Castro, Fermín Trujillo y Claudia Bours.

También quedó sin efecto la candidatura para diputada local por Hermosillo de Azalia Guevara Espinoza, hermana de la directora general de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (Conade), Ana Guevara, y quien pretendía llegar a una diputación local por el distrito 4, con cabecera municipal en Nogales.

La resolución también fundamenta que el PANAL violó los estatutos internos del partido, los cuales establecen, en su artículo 116, que tienen un límite de porcentaje permitido de candidaturas comunes.

El proyecto del TEE Sonora se da en respuesta a un recurso de apelación presentado por el PRI y el PRD, que se quejaban que las 10 diputaciones conjuntas del PANAL superaban el límite de candidaturas conjuntas que podían presentar según los estatutos del PANAL y que no podían presentarlas conjuntamente porque eran un partido de reciente creación y que superaban el porcentaje de espacios designados para mayorías comunes.

En el convenio se estableció que las candidaturas comunes no deberán exceder del 35% del total de los espacios, pero las 10 citadas candidaturas representaban un porcentaje del 47.61%

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