Publican en el diario oficial la nueva ley de la FGR criticada por “retroceder los derechos de las víctimas”

DOF publica nueva ley de FGR, para algunos movimientos “implica un retroceso en los derechos de las víctimas”
Foto: Cuartoscuro

El gobierno federal publicó la nueva Ley de la Fiscalía General de la República (FGR) en el Diario Oficial de la Federación (DOF), y entre las nuevas disposiciones se encuentra dar mayor autonomía en las investigaciones, participación de los familiares y la facultad de atraer casos cuando la víctima lo solicite.

La expedición de la nueva ley surge a pesar de que grupos como el de Movimiento por Nuestros Desaparecidos en México exigieron el pasado 10 de mayo al presidente Andrés Manuel López Obrador vetar la nueva ley de la FGR, porque “implica un retroceso en los derechos de las víctimas”.

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Con esta nueva ley, la FGR podrá ejercer la facultad de atracción de casos del fuero común que no estén debidamente analizados por las fiscalías estatales en los supuestos previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tratados internacionales y las leyes aplicables.

La ley también indica que la víctima podrá solicitar a la Fiscalía General que ejerza su facultad de atracción del los casos. También se atraerán los casos donde haya violaciones de derechos humanos o cuando se trate de un asunto de trascendencia.

Entre los aspectos de la nueva ley se encuentra la delimitación de las facultades de la Fiscalía, su normatividad autónoma, fijación de nueve años para el titular, fortalecer a la Guardia Nacional para la investigación penal, que el fiscal este obligado a comparecer en ambas cámaras, y que el proceso de designación del titular corresponda a paridad de género, entre otras.

Además, esta nueva ley tendrá la incorporación de un Consejo Ciudadano que será un órgano especializado de consulta, y donde las personas que lo integren deben ser destacadas personalidades en la procuración de justicia, investigación criminal y derechos humanos, y sesionará una vez al mes por lo menos, en los casos que la FGR pida su opinión.

Además, contará con una Unidad para la investigación y persecución de los delitos que será constituida desde la Fiscalía correspondiente o Unidad de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada, en el caso de que sean cometidos por la delincuencia organizada; para ello, contará con los recursos humanos, financieros y materiales necesarios para su operación.

En el ámbito de personas desaparecidas, ahora el Registro Nacional de Personas Fallecidas No Identificadas y No Reclamadas se encuentra a cargo de la Fiscalía, formará parte del Banco Nacional de Datos Forenses y contiene información sobre los datos de los cadáveres o restos de personas no identificadas y no reclamadas, del lugar del hallazgo, el lugar de inhumación o destino final y demás información relevante para su posterior identificación.

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El Banco Nacional de Datos Forenses está a cargo de la Fiscalía y tiene por objeto concentrar la información relevante para la búsqueda e identificación de Personas Desaparecidas, así como para la investigación de los delitos materia de esta Ley.

Sin embargo, esta nueva ley ha sido muy criticada por asociaciones ciudadanas de víctimas, ya que critican que disminuye la responsabilidad de la FGR en la búsqueda de personas desaparecidas e ignora sus exigencias.

El pasado 10 de mayo, el Movimiento por Nuestros Desaparecidos en México exigió al presidente “ejercer facultad de veto en torno a aspectos de la reforma a la FGR que implican un retroceso en los derechos de las víctimas”.

En esa ocasión, las madres fueron atendidas por Olga Sánchez Cordero, secretaria de Gobernación y Alejandro Encinas, subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría, quienes recibieron su pliego petitorio y se comprometieron a responder sus casos.

La nueva ley fue aprobada el pasado 22 de abril en la Cámara de Diputados, con el fin de crear una legislación donde los familiares de las víctimas puedan involucrarse en las investigaciones de los casos.

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