SCJN devuelve a IFT su facultad para imponer derechos de audiencias en radio y TV

SCJN devuelve a IFT su facultad para imponer derechos audiencias en radio y TV
Foto: Shutterstock

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló este miércoles regresar al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) el derecho de imponer los lineamientos generales sobre la defensa de las audiencias a los concesionarios de radio y televisión.

Por mayoría de 4 votos, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia devolvió al IFT las facultades que habían sido derogados por el Congreso de la Unión a través de una reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión en octubre de 2017.

El proyecto fue presentado a la SCJN por el Ministro Javier Laynez Potisek, y con este se confirmó un amparo concedido por el Juez Primero de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, Jonathan Bass Herrera, a favor de una asociación civil que se asume como defensora de los derechos de las audiencias.

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De acuerdo con la SCJN, la reforma al artículo 256 de la referida Ley Federal de Telecomunicaciones permitía a los concesionarios de radio y televisión generar libremente sus propios códigos de ética sin sujeciones a una convalidación posterior por autoridad alguna.

Dicha reforma se llevó a cabo para atender una petición de los concesionarios de radio y televisión que reclamaron que los lineamientos del IFT “atentaban” contra la libertad de expresión.

“En su momento habían sido señalados por las empresas de radio y televisión como limitativos a la libertad de expresión y por su imposibilidad práctica para aplicarlos”, se indicó.

“Con esta determinación, el Congreso de la Unión tendrá 30 días hábiles para derogar la reforma de octubre de 2017; pues, contrario a la técnica que rige el juicio de amparo, se le dio efectos generales y se ordenó la reviviscencia del artículo 256 de la LFTyR vigente”, señaló la SCJN.

Con esto se obliga a los concesionarios de radio y televisión a someter sus códigos de ética a una convalidación o revisión frente a los lineamientos del IFT.

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