Juez otorga la primera suspensión definitiva contra el padrón de usuarios de telefonía móvil

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Foto: Shutterstock

El juez federal Juan Pablo Gómez Fierro otorgó la primera suspensión definitiva contra el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT). Con ello, el usuario que promovió el juicio no podrá ser obligado a dar sus datos personales durante el registro de su línea telefónica ante las compañías.

Con esta suspensión definitiva, emitida ayer, se protege de manera indefinida a Óscar González Abundis, quien no podrá perder su número de línea telefónica móvil de Telcel por no entregar sus datos personales ni biométricos

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Se espera que el juez otorgue más suspensiones definitivas debido a que otros usuarios también solicitaron medidas cautelares contra este padrón de usuarios de telefonía móvil.

La suspensión definitiva aparece en el expediente 271/2021, emitido en el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México y Jurisdicción en toda la República.

En la resolución, el juez Gómez Fierro argumentó que la implementación del PANAUT “no traerá como consecuencia inmediata, directa y necesaria, la disminución de la incidencia delictiva”.

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“Por sí mismo, el PANAUT no tiene como finalidad constituir un beneficio directo e inmediato para la colectividad, es decir, la implementación de dicho padrón”, se lee en el documento en el que se emite la suspensión definitiva.

El juez añadió que si bien se creó el padrón de usuarios de telefonía móvil para intercambiar datos entre el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y las autoridades competentes en materia de seguridad y justicia, esto no quiere decir que dichas autoridades puedan investigar delitos que antes no podían por la falta del PANAUT.

¿Qué el padrón de usuarios de telefonía móvil?

El Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil obliga a los usuarios a dar, de manera obligatoria, sus datos personales y biométricos. Según el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de abril, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) solicitará la cancelación inmediata de aquellas líneas telefónicas que no hayan sido identificadas o registradas por los clientes.

Los datos que serán recabados de manera obligatoria son: nombre del titular de la línea telefónica; número de celular, fecha y hora de activación de la línea; nacionalidad del usuario, número de identificación con fotografía y CURP; datos biométricos; dirección domiciliaria; datos del concesionario de telecomunicaciones y esquema de contratación de la línea (prepago o pospago).

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