Senado aprueba en lo general leyes secundarias de la reforma al Poder Judicial

Senado aprueba en lo general leyes secundarias de la reforma al Poder Judicial
Foto: Captura de pantalla

El Senado de la República aprobó este jueves una serie de reformas a las leyes secundarias por la que se expide la nueva ley orgánica del Poder Judicial de la Federación y la Ley de Carrera Judicial; prevé establecer sanciones para jueces y magistrados que incurran en actos de nepotismo, acoso sexual o corrupción.

El dictamen, que fue avalado en lo general por 94 a favor, 19 en contra y 2 abstenciones, contempla desde el retiro del cargo hasta la inhabilitación y la obligatoriedad de reponer el doble del monto que un juez haya obtenido al incurrir en faltas administrativas graves.

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“En ningún caso la sanción económica que se imponga podrá ser menor o igual al monto de los beneficios económicos obtenidos”, señala.

Otra de las modificaciones se realizará en el sistema de asignación de cargos, con los cuales, se podría sancionar a las personas que hayan recibido un cargo interino o de confianza y éstos a su vez, extiendan nombramientos a los cónyuges, concubinos, convivientes o parejas en relaciones análogas, o a parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado de la persona que los nombró.

Junto a expedición de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación también se reformaría la Ley de Carrera Judicial. Según la exposición de motivos, esta modificación buscará evitar que se nombre a familiares y conocidos de los jueces y todos las promociones y permanencias se realizarán por concursos de oposición que realizará el Instituto Nacional de Formación Judicial.

La iniciativa agrega multas que serán aplicables para empresas que “hayan obtenido beneficios” a través del Poder Judicial de la Federación.

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En estas penas se contempla la restricción para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas, por un periodo que no será menor de tres meses ni mayor de diez años. En casos considerados como graves, se podría privar a las compañías de sus actividades comerciales, económicas y contractuales o en su caso, también aplicar la disolución de la sociedad respectiva.

En materia de acoso sexual en el Poder Judicial, se propone que bastará con una conducta de naturaleza sexual sobre otra persona sin su consentimiento para que se considere un acto administrativo grave.

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