INE debe valorar de nueva cuenta si cancela la candidatura de Félix Salgado: TEPJF

INE debe valorar de nueva cuenta si cancela candidatura de Félix Salgado
Foto: Facebook Félix Salgado.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) devolvió este viernes al Instituto Nacional Electoral (INE) el caso de Félix Salgado Macedonio para que valore de nueva cuenta la cancelación de su candidatura al gobierno de Guerrero.

Los magistrados electorales aprobaron la propuesta presentada por Reyes Rodríguez Mondragón y revocaron parcialmente la resolución en la que el INE canceló su postulación.

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En sesión pública, los magistrados electorales remitieron el caso de Félix Salgado Macedonio al INE, ya que reconocieron que el morenista sí falló al no presentar su informe de precampaña, pero estimaron que corresponde al árbitro electoral analizar otra vez la sanción sobre su candidatura.

Puntualizaron que en caso de que el INE ratifique la pérdida de la candidatura del morenista al gobierno de Guerrero, entonces deberá establecer los lineamientos a seguir para la sustitución del candidato de Morena.

La Sala Superior también determinó que los consejeros electorales deben revisar, analizar e individualizar las sanciones que le impuso a Morena y a los demás aspirantes a la candidatura guerrerense.

“La sanción consistente en la pérdida del registro no puede ser aplicada de manera categórica, sino que hay que analizar las circunstancias objetivas y subjetivas de cada precandidato para posteriormente determinar la infracción. La autoridad administrativa (INE) deberá emitir una nueva resolución en la que pondere las circunstancias de cada caso”, se indicó.

Es decir, los integrantes del INE deberán evaluar la inhabilitación de participar en otras competencias de Adela Román Ocampo, Pablo Amílcar Sandoval Ballesteros y Luis Walton Aburto, si ello fue proporcional conforme a la falta.

De acuerdo con la sentencia, el INE tendrá 48 horas a partir de recibir la notificación de TEPJF para emitir una nueva resolución, la cual podría ser impugnada nuevamente.

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La magistrada Janine Otálora apuntó que la norma establece que los precandidatos que resulten ganadores de los procesos internos de los partidos que no presenten sus informes de gastos de precampaña no pueden ser registrados como candidatos.

En el caso de Félix Salgado Macedonio, precisó Janine Otálora, incurrió en la omisión de entregar dicho informe, lo que constituye la infracción más grave en materia de fiscalización.

Precisó que no puede considerarse que hizo una presentación extemporánea, ya que su informe de gastos de precampaña lo hizo llegar al INE apenas tres días antes de que se concluyera el proceso de fiscalización, lo que implica que ya no es válido para que se le fiscalice.

Subrayó que el derecho a ser votado no es absoluto, por lo que en su calidad de precandidato Salgado Macedonio está obligado a cumplir con la ley.

El magistrado del TEPJF, Felipe Alfredo Fuentes Barrera, puntualizó que no puede consentirse que la falta de un registro formal como precandidatos, que fue lo que argumentó Morena y los aspirantes, vaya en contra de la transparencia, el control y la rendición de cuentas.

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Sin embargo, coincidió con el proyecto de resolución sobre el caso de Félix Salgado Macedonio y los demás precandidatos de Morena a Guerrero, que el INE no puede aplicar una única sanción para todos, por lo que apuntó que en el caso de la cancelación de la candidatura, se debe hacer una nueva valoración.

“La pérdida de un registro es una sanción válida, es constitucional, pero su imposición debe ser a partir de un análisis certero”, subrayó el integrante del TEPJF.

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