Jueces otorgan otras 8 suspensiones definitivas a la reforma eléctrica de AMLO

"No es amenaza ni advertencia; que no piensen que van a votar en contra de la reforma eléctrica y nadie se va a enterar", dice AMLO a legisladores
Foto: Shutterstock

Jueces federales otorgaron este viernes otras ocho suspensiones definitivas a empresas que se ampararon contra la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica que propuso el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador.

Con estas órdenes, suman más de 50 suspensiones de carácter definitivo contra la reforma eléctrica, la cual había entrado en vigor el pasado 9 de marzo.

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Rodrigo de la Peza, titular del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, concedió cuatro suspensiones definitivas, una de ellas a la organización ambientalista Greenpeace México

De la Peza apuntó que el análisis preliminar de los actos generó “indicios suficientes para concluir que la ejecución de los actos reclamados podrían priorizar la producción y el consumo de energías fósiles, con la consecuente afectación del medio ambiente, debido a la cantidad de gases y compuestos de efecto invernadero que producen”. 

Tras conocer el fallo del juez, la organización ambientalista reiteró que “no está en contra del fortalecimiento y la rectoría de la CFE (Comisión Federal de Electricidad) a la industria eléctrica”, pero “tal fortalecimiento debe dirigirse a una transicion energética que anteponga la salud del planeta y del medio ambiente, e incluir la generación y la gestión de energías renovables”. 

El juez federal Juan Pablo Gómez Fierro también otorgó cuatro suspensiones definitivas contra la reforma eléctrica a las empresas Eurus, Energía Renovable del Istmo II, y Solar Park Viborillas.

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Además, concedió una suspensión provisional a Hidroeléctrica Cajón de Peña, señalando que las modificaciones a la Ley de la Industria Eléctrica podrían llevar a una “violacion a los derechos de libre competencia y concurrencia, así como al derecho de un medio ambiente sano”. 

“Las consideraciones precedentes, sobre la posible inconstitucionalidad de las normas reclamadas, son de índole jurídico y no se basan en apreciaciones ideológicas o subjetivas, y tienen como único sustento el contenido de la Constitución”, resaltó Gómez Fierro.

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