Prioridad a energías fósiles y concentración del mercado en el Estado: lo que viene con la reforma eléctrica

Beneficios a CFE y prioridad a energías fósiles: los cambios que representa la reforma eléctrica
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Pese a los señalamientos de organizaciones y particulares sobre el peligro para las inversiones, el impacto ambiental y la economía en el país que traería la reforma a Ley de la Industria Eléctrica, esta fue aprobada por el Congreso sin moverle “una sola coma” como solicitó el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, impulsor de la misma.

El pasado 1 de febrero de 2021, López Obrador remitió a la Cámara de Diputados en calidad de preferente la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas Disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica. Los diputados aprobaron el dictamen el pasado 24 de febrero y la turnó al Senado que, una semana después, la aprobó en una sorpresiva sesión donde no se tenía planeada su discusión.

El dictamen promovido por el Presidente plantea cambiar el esquema instruido en la reforma energética de 2013 por la administración anterior de Enrique Peña Nieto, con el cual se compra la energía eléctrica que se usa en el país a Suministradores de Servicios Básicos por medio de subastas, a fin de impulsar ofertas y obtener la opción más barata.

Cabe mencionar que actualmente el único Suministrador de Servicios Básicos es la propia CFE.

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De acuerdo con el Centro de Investigación Económica y Presupuestaria (CIEP), la iniciativa de reforma a la Ley de la Industria Eléctrica desanima a las inversiones en energía solar y eólica, lo que favorece un modelo de monopolio en la generación de energía eléctrica a favor de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), a través del uso de energías fósiles.

Dicha reforma libera a la CFE de la obligación de comprar energía únicamente proveniente de las subastas eléctricas bajo el argumento de que sólo beneficia a un “Mercado Eléctrico Mayorista especulatorio”.

¿La CFE se convierte en un monopolio?

Con la reforma energética que entró en vigor en 2014 se abrió a la competencia las actividades de generación y comercialización de energía, por lo que la CFE se desintegró en distintas empresas subsidiarias para cada sección en la cadena de valor, abandonando el antiguo modelo de monopolio.

Con dicha reforma se apreció un aumento sustancial en los montos de inversión extranjera directa dirigidos al sector eléctrico, pues 2015 a 2018, la inversión extranjera creció a un ritmo promedio anual de 80%, según la CIEP.

La actual reforma eléctrica de López Obrador, ya aprobada, elimina la disposición que establece el régimen de libre competencia en la generación y comercialización de energía eléctrica.

Suprime además la obligatoriedad que tienen los suministradores para celebrar contratos exclusivamente mediante subastas y establece que estos deben celebrar contratos con compromiso de entrega física.

Debido a la intermitencia de las tecnologías para generar energía eólica y solar, un generador con este tipo de energéticos estaría imposibilitado para celebrar este tipo de contratos.

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Con la reforma se modificó también la definición de “Central Eléctrica Legada” para incluir aquellas centrales propiedad de CFE, a pesar de que no se encuentren en condiciones de operación.

¿Implica un retroceso en el uso de energías renovables?

Con la modificación al artículo 4, en su fracción VI, se establecen reglas que dejan en un último término la generación y abastecimiento de energías a través de centrales de energías renovables y limpias.

Con lo anterior se estipula que se debe garantizar, en primera instancia, los Contratos de Cobertura Eléctrica con Compromiso de Entrega Física y, en segundo término, el suministro de energías limpias, como la eólica y solar, es decir, se priorizan los contratos de CFE.

Se establece que el otorgamiento de los Certificados de Energías Limpias a centrales eléctricas no dependerá ni de la propiedad, ni de la fecha de inicio de operación comercial de las mismas, de modo que pueda incluir centrales, incluidas las de CFE, que entraron en operación con anterioridad al establecimiento del esquema de certificados.

Es decir, el criterio indica la forma en que se define qué centrales inyectan su energía a la red y en qué momento.

Esto distorsionaría la motivación detrás del otorgamiento de Certificados de Energías Limpias, pues el fin del programa era incrementar la infraestructura de generación de energía renovable para lograr las metas medio ambientales pactadas en acuerdos internacionales.

Pese a que las energías renovables están ganando terreno a nivel mundial, las medidas incluidas en la reforma eléctrica aprobada en México implican la imposibilidad de un generador eólico o solar para celebrar contratos con CFE suministrador, el único Suministrador de Servicios Básicos del país.

¿La reforma eléctrica aumentará las tarifas de luz?

De acuerdo con el IMCO, como las centrales hidroeléctricas no pueden satisfacer la demanda de electricidad del país, las principales beneficiadas serían las plantas de la CFE que generan energía eléctrica a partir de combustóleo y carbón.

La generación de este tipo de energías tienen costos más altos que el resto, lo que implicaría, además de mayor contaminación, un costo elevado de precios.

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La mayor parte del costo de generación depende del combustible utilizado. Usar combustibles ineficientes y contaminantes implica mayores tarifas para los usuarios y mayores subsidios a los consumidores.

¿Afecta a productores privados?

Bajo el criterio de despacho de energías, la reforma eléctrica deja en un último término a las centrales de ciclo combinado (centrales que operan a partir de un ciclo de gas y otro de vapor) generadas principalmente por particulares.

Además en los transitorios de dicha reforma sobre permisos de autoabastecimiento podrán ser revocados por la Comisión Reguladora de Energía mediante el procedimiento administrativo correspondiente establecido en la Ley de la Industria Eléctrica. Esto puede provocar el desplazamiento a productores privados de la competencia.

En su caso, los permisos podrán tramitar un permiso de generación, conforme a lo previsto en la mencionada Ley de la Industria Eléctrica.

Esta medida, a todas luces ilegal por ser retroactiva en perjuicio de los productores privados que mantienen dichos permisos, desplaza a productores privados de la competencia en el suministro a grandes consumidores dejando el camino libre a CFE.

Las modificaciones a la Ley de la Industria Eléctrica instruidas por López Obrador se realizaron a los artículos 3, 4, 12, 26, 35, 52, 101, 108 y 126 en sus diversas fracciones.

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