Se publica decreto con el que el presidente podrá ser juzgado por cualquier delito; Senado deberá resolver proceso penal

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Foto: Shutterstock

Este viernes se publicó en en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se elimina el fuero presidencial en el que se indica que, a partir de mañana 20 de febrero, los presidentes mexicanos, incluyendo al actual mandatario Andrés Manuel López Obrador, podrán ser juzgados por diferentes delitos mientras estén en funciones gracias a las reformas a los artículos 108 y 111 de la Constitución mexicana

“Durante el tiempo de su encargo, el Presidente de la República podrá ser imputado y juzgado por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos delitos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadano o ciudadana”, indica la reforma al artículo 108.

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La modificación al artículo 111 indica que para proceder penalmente contra el presidente en turno basta con acusarlo ante la Cámara de Senadores siguiendo en los términos del artículo 110. 

“En este supuesto, la Cámara de Senadores resolverá con base en la legislación penal aplicable”, señaló el decreto.

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El pasado 26 de noviembre, el Senado aprobó la eliminación del fuero presidencial, propuesta por López Obrador desde su campaña electoral en 2018. La votación fue de 89 senadores a favor y 23 en contra.

Antes de la votación, el presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), Ricardo Monreal, propuso al pleno votar el retiro del fuero sin que este abarcara a los legisladores.

“Acordamos votar en contra del dictamen como venía porque como viene incluye a legisladores en la eliminación del fuero”, detalló.

El Diario Oficial de la Federación también publicó esta mañana el acuerdo por el que se instruye a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) a crear el cargo de gobernador de Palacio Nacional. La persona encargada será designada por el presidente López Obrador.

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