TFJA ratifica inhabilitación a Odebrecht por cobros excesivos a subsidiaria de Pemex

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) validó este miércoles la inhabilitación de tres años que impuso la Secretaría de la Función Pública (SFP) a la constructora brasileña Norberto Odebrecht, por “actuar con dolo” al cobrar cantidades indebidas durante trabajos en la refinería de Tula, Hidalgo.

En un comunicado, la SFP indicó que el Tribunal refrendó la sanción impuesta en 2019 a través de la Unidad de Responsabilidades de Petróleos Mexicanos (Pemex), por costos de financiamiento al entonces organismo subsidiario Pemex Refinación.

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La empresa Odebrecht emprendió un juicio de nulidad; sin embargo, la Sala Superior del TFJA determinó, con mayoría de 10 votos, la validez de la resolución de la Función Pública contra la constructora.

También en abril de 2019, la SFP multó con 543 millones 488 mil 615 pesos a Odebrecht Ingeniería y Construcción Internacional de México, S.A de C.V., por no cumplir con los requerimientos legales y autorizaciones necesarias para celebrar un convenio modificatorio de contrato.

La dependencia indicó que “esta nueva resolución da cuenta de la firme convicción con la que estamos trabajando para acabar con la impunidad, la cual durante muchos años fue tolerada y no se tocaba a las empresas corruptas”.

La compañía brasileña interpuso el recurso alegando que la inhabilitación y la sanción económica no tenían fundamentación alguna porque no se acreditaron “errores de cálculo” que derivaron en los costos financiamiento.

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El 26 de abril de 2019, la Función Pública difundió una circular con la que informaba que la empresa Odebrecht no podía presentar propuestas o celebrar contrato alguno con encontrarse inhabilitada por un plazo de tres años.

“La presente inhabilitación se extiende a los procedimientos de contratación de todas las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, Fiscalía General de la República, a las Empresas Productivas del Estado y sus Empresas Productivas Subsidiarias; las Entidades Federativas y los Municipios interesados deberán cumplir con lo señalado en esta Circular cuando las Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, así como las Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas que contraten, se realicen con cargo total o parcial a fondos federales, conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal” expone el oficio.

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