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Senado declara válida la reforma en materia de fuero para juzgar al presidente

Senado avala reformas en materia de fuero para juzgar al presidente
Foto: Twitter / Eduardo Ramírez

El Senado de la República realizó este martes la declaratoria de validez constitucional que amplía el catálogo de delitos en materia de fuero, por los que puede ser juzgado el presidente de la República. Ésta comprende reformas a los artículos 108 y 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Lo anterior, luego de que congresos de los 32 estados mexicanos avaló la eliminación del fuero presidencial para que los mandatarios del país puedan ser juzgados mientras están en el cargo por delitos electorales o hechos de corrupción.

Las reformas fueron avaladas por los congresos de Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Coahuila, Durango, Estado de México, Guerrero, Hidalgo, Morelos, Nayarit, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Tabasco, Yucatán, Zacatecas y Ciudad de México.

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La declaratoria de validez fue hecha por el presidente del Senado, Eduardo Ramírez, en sesión virtual.

Dicho catálogo incluye delitos electorales, hechos de corrupción, traición a la Patria, conocido como fuero constitucional

“A efecto de dar cumplimiento con lo que establece el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y una vez computado el voto aprobatorio de la mayoría de las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México, la Cámara de Senadores declara aprobado el decreto”, manifestó Ramírez.

El presidente del Senado señaló que “el propósito de la reforma consiste en establecer la posibilidad de que el presidente de la República pueda ser imputado y juzgado por diversos delitos”.

Se obtuvieron 17 votos aprobatorios

Tras notificarlo, Ramírez solicitó a la secretaría que realice el escrutinio correspondiente de las aprobaciones recibidas, a efecto de dar fe de la recepción de la mayoría de votos.

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Margarita Valdez Martínez, secretaria de la Mesa Directiva, informo a la asamblea que “se se recibieron 17 votos aprobatorios al proyecto de decreto por los que se reforma los artículos 108 y 111 de la Constitución”.

La declaratoria de validez se turnó a la Cámara de Diputados para sus efectos legales y constitucionales. 

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