Estas son las nuevas atribuciones del “SAT fisgón”

Avanza en Comisión de Hacienda Miscelánea Fiscal que obliga a mayores de 18 años a tramitar RFC
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La Cámara de Diputados aprobó este miércoles la Miscelánea Fiscal con la que se faculta al Servicio de Administración Tributaria (SAT) a tomar fotos y videos a fin de registrar tanto los bienes como los activos en el domicilio fiscal de los contribuyentes.

Para ello se requieren cambios en el artículo 45 del Código Fiscal de la Federación para permitir que el SAT utilice dispositivos digitales, como cámaras y teléfonos celulares, para registrar los domicilios fiscales.

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El artículo 45 vigente dice: “Los visitados, sus representantes o la persona con quien se entienda la visita en el domicilio fiscal, están obligados a permitir a los visitadores designados por las autoridades fiscales el acceso al lugar o lugares objeto de la misma, así como mantener a su disposición la contabilidad y demás papeles que acrediten el cumplimiento de las disposiciones fiscales de los que los visitadores”.

Con esta propuesta, también llamada “Big Brother Fiscal”, el SAT deberá presentar un escrito al contribuyente explicando los motivos para la toma de imágenes y videos y le debe garantizar que sus datos permanecerán encriptados.

El encargado del SAT que realice una visita domiciliaria deberá identificarse, señalar el motivo y presentar el permiso que le autoriza tomar imágenes, así como acreditar que los dispositivos electrónicos que utilizará pertenecen a la dependencia y no a particulares.

La propuesta indica que se deberán contar “con las medidas de seguridad y encriptación necesarias para que la información que se recabe no sea expuesta de manera indebida”.

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Aún con la aprobación de legisladores, el SAT todavía tiene que reglamentar el uso y los límites del registro gráfico de bienes.

Raquel Buenrostro, titular del SAT, defendió la propuesta al decir que hay empresas fantasma que reciben millones de pesos y están registradas en lotes inexistentes. Tomar fotografías y videos, dijo, servirá para reforzar las investigaciones en contra de esas empresas.

Suben ISR a servicios y plataformas digitales

Los servicios como Uber, Didi o Cabify  tendrán una tasa de retención de Impuesto sobre la Renta (ISR) del 2.8%, mientras que a los servicios de hospedaje se les fijará en 5%.

Para las plataformas como Amazon, Spotify o Netflix, la tasa es de 2.4%. La Miscelánea Fiscal contempla el bloqueo de las plataformas, en caso de incumplimiento de la retención de pago del impuesto durante tres meses.

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