TEPJF no dictará medidas cautelares contra AMLO por difusión de BOA

El pleno del TEPJF señaló que no hay elementos suficientes para la sanción. Foto: Gobierno de México
El pleno del TEPJF señaló que no hay elementos suficientes para la sanción. Foto: Gobierno de México

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación no dictará medidas cautelares contra el presidente Andrés Manuel López Obrador por la difusión del documento denominado “Rescatemos a México”, atribuido a un grupo denominado “Bloque Opositor Amplio” (BOA).

En sesión privada, bajo el formato de videoconferencia, los magistrados consideraron que no hay elementos suficientes para dar razón al PAN y al PRD que interpusieron la queja, por lo que coincidieron en ratificar la decisión de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE.

El pasado 9 de junio, el presidente López Obrador y su vocero, Jesús Ramírez, dieron a conocer el documento durante la conferencia mañanera, motivo por el cual el PAN y el PRD interpusieron una queja, al señalar que ese hecho constituyó una estrategia fraudulenta para posicionar electoralmente al partido político Morena y al propio mandatario, para los comicios del 2021.

Te puede interesar: El INE rechaza sancionar a AMLO por la difusión de BOA

Los dos partidos interpusieron recurso de revisión del procedimiento especial sancionador, que fueron radicados en esta Sala Superior.

Al hacer el análisis del expediente, la Sala Superior consideró que no hay elementos suficientes para presumir la existencia de conductas contrarias a la Constitución y a la normativa electoral que justificaran la adopción de una medida preventiva.

“Además, se consideró que el hecho de que la Comisión del INE haya considerado como probablemente ilícita la conducta no es contradictorio o incongruente con la negativa a ejercer una tutela preventiva, porque no se advirtieron elementos de riesgo o necesidad que justificaran adoptar las medidas cautelares”, señala en un comunicado.

Comparte esta nota