INE descarta violencia política de género de Luis Donaldo Colosio hacia adversaria en Nuevo León

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Foto: Cuartoscuro

Por Jorge Monroy

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) determinó que el candidato de Movimiento Ciudadano al Senado, Luis Donaldo Colosio Riojas, no cometió violencia política contra las mujeres en razón de género en contra de la priista Karina Marlén Barrón Perales, también candidata de Fuerza y Corazón por México al Legislativo.

El 14 de mayo, Barrón Perales presentó una queja por violencia política en contra de Colosio Riojas en la que acusaba que, en una entrevista, el emecista había dicho calificativos denostativos en su contra, además de difamaciones y calumnias.

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En sesión privada este martes, los integrantes de la comisión resolvieron que es improcedente la adopción de la medida cautelar, toda vez que no se cuenta con elementos para estimar que la publicación y las expresiones contenidas en la entrevista actualicen la violencia política, sino que se trata de una declaración sobre temas de interés público.

Por otro lado, Cecilia Guadalupe Guadiana Mandujano, candidata de la coalición Sigamos Haciendo Historia al Senado, denunció al ciudadano Luis Carlos Plata por publicaciones realizadas en su red social X, en las que, desde su punto de vista, se afecta su imagen con base en estereotipos de género y podrían constituir violencia política en su contra.

La comisión determinó que es improcedente la adopción de medidas cautelares, respecto a nueve publicaciones, ya que de un análisis al contenido no se advirtió que estas se encontraran dirigidas a la denunciante por su calidad de mujer, ni tampoco que estén sustentadas en elementos de género dirigidos a menoscabar sus derechos político-electorales.

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Se impide a 49 continuar como supervisores y capacitadores

En otro asunto, la comisión aprobó una medida cautelar presentada por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) contra 49 personas que ocupan el cargo de supervisor electoral o capacitador asistente, ya que los partidos políticos involucrados exhibieron cédulas de afiliación o expedientes electrónicos que los acreditan como militantes, con firmas que preliminarmente autorizan su consentimiento para pertenecer a sus filas.

Por lo tanto, se ordenó impedir que continúen en el cargo hasta que se resuelva definitivamente el fondo de los asuntos, para garantizar los principios de imparcialidad e independencia en la integración de los órganos electorales.

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